Diario de León

Niegan la puesta en libertad al policía jubilado acusado de matar a su esposa

El recluso, enfermo de cáncer, alegaba el alto riesgo de contagiarse de covid en la prisión

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Astorga decretó una prórroga de dos años más para la situación de prisión preventiva que recayó sobre el policía nacional jubilado que está acusado de causar la muerte a su esposa en julio de 2018. La Audiencia Provincial ratificó la decisión de la jueza de Astorga y rechaza que el recluso tenga más riesgo de contagiarse de Covid en la prisión de Monterroso (Lugo) donde se encuentra en la actualidad. Tampoco estima la Audiencia que su estado da salud, agravado por un cáncer, corra mayor riesgo por estar privado de libertad.

«Acordada la prisión provisional en auto de 25 de julio de 2018, en el auto ahora recurrido, de fecha 9 de junio de 2020 se decide la prórroga de la misma hasta un máximo de otros dos años, y la parte apelante, en su recurso, pretende que se revoque el auto que establece la prórroga y se acuerde la libertad provisional sin fianza, o bien con una fianza asequible a los recursos económicos del recurrente, o que la prisión provisional se cumpla en su domicilio con las medidas de vigilancia necesarias, y fundamenta su petición en la afirmación de que padece graves enfermedades, haciendo referencia a diversos informes médicos y destacando una nefrectomía radical derecha a consecuencia de un cáncer, y el riesgo de contagio por el Covid 19, y refiere también la edad del sospechoso, de 71 años, exponiendo a continuación la doctrina jurisprudencial sobre los principios que han de regir la prisión preventiva, sobre el riesgo de fuga, de reiteración delictiva, de ocultación de prueba etc, añadiendo además que no es razonable pensar en un riesgo de fuga dada la edad y la salud del procesado», explica el auto.

La prisión preventiva se acordó en su día en base a indicios de delitos de homicidio o asesinato,uno de ellos consumado y otro en tentativa. Añade el auto de prórroga el riesgo de atentar contra bienes jurídicos de la víctima.

La Audiencia decide mantener la prisión provisional al mantenerse también la apariencia de los indicios de delito que se señalan en el mismo auto de 25 de julio de 2018 «y en el recurrido y que esta Sala aprecia también (el mismo investigado declaró que cogió el arma con intención de amedrentar, pero independientemente de tal declaración el arma fue efectivamente disparada con el resultado que consta), e igualmente el peligro en la mora, también expuesto de forma clara en el auto recurrido, sin que puedan acogerse las razones de enfermedad alegadas por el apelante pues de los informes médicos aportados por el Centro Penitenciario Monterroso no se desprende ninguna enfermedad que actualmente justifique su puesta en libertad».

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