Diario de León

La sentencia insiste en que no hay estudios científicos que avalen su condición cinegética

León

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La falta de estudios científicos externos sigue siendo el talón de Aquiles en los planes cinegéticos de la Junta, ya que todos, desde 2010, han sido anulados por el mismo motivo. Entre los fundamentos de derecho de esta última sentencia del TSJ, a la que ha tenido acceso este periódico, se pone de manifiesto que la resolución de la Junta carece de estudios técnicos y científicos que avalen la conservación del lobo, y por lo tanto, que justifiquen las capturas autorizadas, así como la influencia de las mismas en la población de la especie, y añade que la única información tenida en cuenta es la elaborada por la propia administración.

Por este motivo, la sentencia considera que el lobo es una especie protegida en todo el territorio nacional, según la normativa española y europea, por lo que «la intervención sobre la misma debe ser excepcional limitándose al mínimo indispensable». Según el plan de lobo de la Junta, las extracciones de lobos por comarcas no debe superar el 10% de la población, excepto en los lugares donde haya una mayor siniestralidad por daños a la ganadería, en cuyo caso se podría llegar al 18%.

Precisamente, la ausencia de información suficiente, objetiva, científica y actual fue también el argumento esgrimido por el TSJ en 2017 para anular el Decreto 32/2015 de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas en Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre lo que provocó la suspensión posterior de la Orden Anual de Caza en todo el territorio.

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