Diario de León

La sucursal no informó al cliente de la posibilidad de perder sus ahorros

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Nadie informó al matrimonio que invirtió en preferentes de la posibilidad de perder sus ahorros, según manifestó el marido en el juicio en el que la jueza de sahagún anula los tres contratos suscritos. Según su testimonio «no se le explicó nada» e incluso nunca se pronunció la palabra preferentes. «Basta observar que ni siquiera en las órdenes de compra [...] consta dicha palabra, recibiendo éstas el nombre de ‘PART. CAJA ESPAÑA-SERIE C’», cita la sentencia.

Uno de los directores de la sucursal, señala el esposo, le refirió que se trataba de «un depósito a plazo fijo que cuando quisieran lo pudieran retirar, y no sabían que era indefinido».

Cabe destacar que ninguno de los directores con los que abordó los contratos se interesó por el nivel de estudios ni el de su esposa, si bien uno de ellos indicó que «tenía mucha experiencia en los negocios de la construcción» y «tenía asesores», aunque no los conoció ni supo precisar en qué materias aconsejaban al cliente.

Las recomendaciones

Por contra, el fallo entiende que Banco Ceis «ejerció un servicio de asesoramiento» en este caso y su actuación no se limitó «a una mera recepción, transmisión y ejecución de órdenes y a una custodia y administración de los instrumentos financieros». Es decir, desde la entidad se prestaron «recomendaciones personalizadas a un cliente», tal y como recoge la Ley del Mercado de Valores.

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