Diario de León

SATISFACCIÓN en la vertiente leonesa

El TSJ ratifica que Mieres no puede ejercer sus competencias en Pinos

El fallo asevera que no puede prestar servicios públicos ni realizar actividades económicas.

Los pastos son propiedad de Mieres desde hace casi un siglo. RAMIRO

Los pastos son propiedad de Mieres desde hace casi un siglo. RAMIRO

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m. rabanillo | león
León

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El Ayuntamiento de Mieres no puede ejercer competencias en el puerto de Pinos, en plena comarca de Babia, porque las competencias de un ayuntamiento se deben circunscribir a su término municipal. Esta es la conclusión del fallo que ayer hizo público el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una sentencia en la que rechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento asturiano contra la decisión de los juzgados de León que dieron la razón a la Asociación Montaña de Babia y Luna, que defiende desde hace más de 13 años, que este puerto leonés, del municipio de San Emiliano, no puede ser gestionado como término municipal de Mieres, aunque sea propietario de los terrenos.

La sentencia, argumenta el letrado de la asociación, Carlos González-Antón, especifica que «un Ayuntamiento asturiano no puede prestar ‘servicios públicos’ ganaderos a sus vecinos en la provincia de León». Además, añade que para realizar ‘actividades económicas’ como un particular, tras la Ley Montoro que recordó las competencias a los Ayuntamientos, «tampoco lo podría hacer, pues, como reconoce la sentencia, las competencias ganaderas no están entre las competencias propias de los municipios». La sentencia, «muy dura» con Mieres, supone para la Asociación Montaña de Babia y Luna «la enorme satisfacción» de ver como sus argumentos son reconocidos plenamente por el TSJ y, en la práctica, implica que Mieres no puede actuar en León «ni para montar un bar-restaurante-refugio, ni para apoyar a sus ganaderos, aunque sea propietario de los montes».

El origen del este procedimiento, que ahora podría alargarse con un recurso de casación, son dos acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Emiliano por los que se otorgó licencia ambiental al Ayuntamiento de Mieres (Principado de Asturias) para ofrecer un servicio de hostelería en los terrenos de su propiedad incluidos en el territorio del municipio babiano y contra el informe favorable del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para la «regularización del actividad del servicio de comedor para ganaderos en el Puerto de Pinos». El Juzgado nº 3 de León admitió los recursos de la Asociación Babia y Luna contra estos acuerdos administrativos y, en su sentencia, le dio la razón e impuso las costas a los dos ayuntamientos y la Junta.

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