Diario de León

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Fueros malos

En tiempos de la II República fueron abolidas las últimas prestaciones feudales que se mantenían en León gracias a la actuación del jurista Vicente Flórez de Quiñones

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nicolás bartolomé pérez
León

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En León, junto a los contratos agrarios de foro, subsistieron hasta bien entrado el pasado siglo ciertas prestaciones personales confundidas con aquella figura jurídica con la que poco tenían que ver a pesar de recibir muchas veces idéntica denominación. Del primer tipo de foros ya se trató en la entrega anterior de esta sección; éstos, en general, fueron beneficiosos para los campesinos leoneses porque posibilitaron su acceso a tierras de cultivo en condiciones próximas a la propiedad. Sin embargo, la segunda clase constituyeron una anacrónica pervivencia de prestaciones feudales de tipo personal a las que solo se puso fin en nuestra tierra con la llegada de la II República. El caso del foro del «pan del cuarto» fue el ejemplo más conocido de estos «fueros malos», denominación medieval que se aplicaba a las cargas u obligaciones desproporcionadas que imponían los señores a sus vasallos y que el notario leonés Vicente Flórez de Quiñones también usó para identificar a estas contribuciones conocidas de manera inapropiada como foros.

En virtud de este foro los vecinos de los pueblos omañeses de Riello que habían formado antaño el concejo de Villamor de Riello, estaban obligados a pagar anualmente desde el siglo XV 416 fanegas de centeno en el día de San Miguel de septiembre que debían de ser entregadas en las hoy desaparecidas paneras del Conde de Luna, en Villamor de Riello. Este curioso nombre de «pan del cuarto» venía dado porque los vecinos labradores abonaban al conde de Luna, antiguo señor de la zona, uno de cada cuatro haces del cereal que cosechaban, es decir, la cuarta parte de su principal sustento durante siglos, el centeno.

La singularidad de este tributo residía en que no gravaba ninguna finca, como sí ocurrían en los auténticos foros, sino que éste se exigía en concepto de prestación personal al conjunto de los vecinos de aquel territorio y del que respondían en caso de impago con todo su patrimonio. El carácter personal de la obligación a la que estaban sujetos los vecinos por el mero hecho de serlo denotaba su génesis feudal.

Ni la desaparición de los señoríos en España en el siglo XIX, ni las constantes iniciativas de los habitantes de los catorce pueblos del antiguo concejo lograron redimir esta situación, y en 1897 los Condes de Luna vendieron a un particular el derecho a percibir de los vecinos este impuesto anual. Para colmo de males, en 1914, gracias a una treta legal, los nuevos propietarios consiguieron que un registrador inscribiera este gravamen en el Registro de la Propiedad de Murias de Paredes, especificando que el mismo recaía sobre todo el antiguo término de Villamor de Riello, con la obligación de pagar entre todos sus pueblos la ya indicada renta anual.

En octubre de 1931 Vicente Flórez de Quiñones y Tomé, por medio de una petición a las Cortes Constituyentes de la II República que suscribieron los presidentes de las juntas vecinales del antiguo concejo, lograron la abolición del foro del pan a través de un decreto del presidente de la República publicado en la Gaceta de Madrid el 13 de diciembre de 1931, justo en el momento en el que los propietarios tenían la pretensión de privatizar los montes y puertos comunales de cuyos aprovechamientos dependían los vecinos. En ese mismo decreto se indicaba la existencia de otras situaciones semejantes en la ribera del Órbigo, que también perteneció al señorío de los Condes de Luna.

De hecho, en León la existencia de este tipo de prestaciones estaba bastante extendida como ha puesto de manifiesto el historiador leonés José Serrano Álvarez estudiando los archivos del antiguo Instituto de Reforma Agraria, creado en 1932 como instrumento para el desarrollo de la política agraria republicana. La actuación del IRA fue determinante para extinguir los malos fueros leoneses, y con toda seguridad la actuación de Flórez de Quiñones tuvo mucho que ver con ello. De esta forma, entre 1932 y 1936 las últimas supervivencias señoriales que se mantenían en lugares como Andarraso, Alija de la Ribera, Manzanal del Puerto o Campo de Villavidel, fueron abolidas.

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