Diario de León

Medidas contra la pandemia

Cierre a las ocho, menos lo esencial

La Junta de Castilla y León reacciona a la suspensión cautelar del adelanto del toque de queda del Supremo El alto tribunal, que no entra en el fondo, entiende que la decisión tomada el 16 de enero no es legal Los leoneses aprovechan la decisión judicial y anoche prolongaron su estancia en calles y en terrazas

plaza

plaza

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

Castilla y León cierra su actividad no esencial a las 20.00 horas en respuesta a la suspensión cautelar del adelanto del toque de queda fallado en su auto por el Tribunal Supremo (TS), que devuelve a las 22.00 horas y hasta las 6.00 de la madrugada las restricciones de movilidad en la Comunidad, un fallo que llega un mes después de que el Gobierno recurriese la decisión y pidiera medidas cautelares.

El presidente de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, asume el fallo, dejar sin efecto el adelanto del toque de queda y aprueba una serie de medidas que pretenden compensar la anterior decisión, con nuevas restricciones que favorezcan el aislamiento y reducir los contagios.

A la espera de la publicación, hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León, Mañueco remarcó que el espíritu del acuerdo tomado en un Consejo de Gobierno Extraordinario es el de que «toda la actividad no esencial» quede suspendida a las ocho de la tarde desde hoy, mientras que para ayer ya quedó establecido el toque de queda a las diez de la noche, lo que aprovecharon los leoneses para prolongar sus paseos y la estancia en las terrazas. Hoy, los establecimientos hosteleros, los comerciales, los culturales y de otro tipo que no sean considerados esenciales tendrán que cerrar sus puertas a las ocho de la tarde, algo similar a lo que ocurría hasta ahora, ya que los ciudadanos no podían salir de casa a partir de esa hora, aunque se gana un margen ya que antes tenían que cerrar tiempo para que la gente pudiera estar a las 20.00 horas en casa.

«Deber cumplido»

Mañueco dijo tener la sensación de «haber cumplido» con su «deber» de «proteger la vida y la salud de las personas», sin que este revés judicial le haga plantearse la asunción de responsabilidades políticas, ya que, dijo, ha actuado ya con «responsabilidad».

El Supremo argumenta que «el rango horario es claro y preciso y, desde luego, la interpretación que sostiene la Junta de Castilla y León respecto (... ) la asimilación del significado del verbo «modular» a la acción de «agravar», está muy lejos de ser evidente».

Los magistrados creen que la Junta «podría incurrir en nulidad de pleno derecho, al imponer una limitación de un derecho fundamental, la libertad de circulación, más allá del ámbito horario permitido» por el decreto del estado de alarma. Y añaden que «la consumación de una restricción ilegítima del derecho fundamental sería absolutamente irreparable y la sentencia inefectiva y lo sería para todos los ciudadanos afectados».

El Supremo concluye que «la protección de la salud y seguridad de los ciudadanos es la finalidad común de las dos administraciones, pero «las medidas deben respetar, entre otros límites, los derechos fundamentales garantizados en la Constitución».

El auto es, según todas las fuentes consultadas, una serio ‘aviso a navegantes’, sobre todo a aquellas comunidades que estudiaron o especularon con ir más allá de las restricciones fijadas por el actual marco del estado de alarma, A pesar del varapalo judicial, el Ejecutivo regional sale ‘de facto’ como vencedor en este pulso, ya que ha logrado mantener en vigor esta medida de restricción de movimientos durante las cuatro semanas de mayor incidencia de la tercera ola, tal y como pretendía desde el inicio.

Tuvo dudas a la hora de responder sobre lo que pasará con las sanciones impuestas por incumplir el toque de queda de las 20.00 horas, 717 en toda la Comunidad,. Apuntó que serán los servicios jurídicos los que determinen si se tienen que «tramitar» o quedar en «stand by» hasta que el Supremo se pronuncie definitivamente.

tracking