Diario de León

Acceso a al prestación

El Gobierno abre el ingreso mínimo vital a las personas sin hogar

El Consejo de Ministros flexibiliza la consideración de las unidades de convivencia para mejorar el acceso a la prestación

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Cristina Vallejo
León

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El Gobierno ha flexibilizado el concepto de unidad de convivencia que rige la recepción del ingreso mínimo vital para facilitar su acceso a colectivos que están teniendo dificultades para percibirlo. Porque, según ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, 60.000 peticiones de esta prestación han resultado rechazadas por incumplir la acreditación de la unidad de convivencia, por tratarse de personas con una residencia itinerante, por sufrir sinhogarismo, encontrarse en asentamientos, ser temporero o habitar en una residencia compartida, tal y como han detectado los funcionarios de la Seguridad Social.

"Queremos corregir esta situación y flexibilizar el ingreso mínimo vital en unidad de convivencia", ha afirmado Escrivá. De esta manera, la norma aprobada este martes en consejo de ministros facilita el acceso al ingreso mínimo vital a personas que residen en centros residenciales de carácter no permanente registrados, como albergues o casas de acogida. Asimismo, introduce el concepto de "unidad de convivencia independiente" en caso de violencia de género, divorcio o separación y desahucio o inhabilitabilidad.

En este sentido, según ha explicado Escrivá, se considerará que existe una convivencia transitoria si tras un divorcio o un desahucio, alguien se va a vivir con un familiar, a una unidad mayor de convivencia, de manera que la renta del nuevo hogar más amplio en el que alguien se haya integrado no influya en el derecho a cobrar el ingreso mínimo vital. La reforma implica la eliminación del límite de dos titulares del ingreso mínimo vital como máximo por domicilio, de manera que se permitirá que reciban la prestación unidades de convivencia que compartan domicilio, como personas que se ven obligadas a compartir piso con otras por falta de ingresos o personas que como consecuencia de un desahucio tienen que irse a vivir con familiares.

Ante situaciones excepcionales o complejas de acreditar, los servicios sociales y entidades colaboradoras del ingreso mínimo vital podrán tener capacidad de certificarlas. Sus profesionales podrán acreditar la residencia en España de personas sin hogar, el domicilio real de la persona que alegue no vivir en el que consta en el empadronamiento y las situaciones en las que residan en un mismo domicilio distintas unidades de convivencia o personas sin vínculo entre ellas.

Según ha explicado el ministro, el ingreso mínimo vital está en evaluación permanente, dada su reciente implantación, dado que únicamente data del pasado mes de mayo. Esta modificación surge de reuniones continuas con las asociaciones del tercer sector o con los servicios sociales de los ayuntamientos, en las que se han detectado estas deficiencias. Escrivá también anunció hace unos días que su departamento trabaja en la modificación de los umbrales de renta y patrimonio que dan derecho a acceder a la prestación.

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