Diario de León

El Gobierno intenta parchear ahora la ley del «solo sí es sí»

Una nueva enmienda a la reforma del Código Penal por los delitos de sedición y malversación cuela la transitoria olvidada

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PSOE y Podemos han decidido intentar poner un remedio al ‘agujero’ que ha permitido ya que hasta 55 agresores sexuales vean reducidas sus condenas y más de una docena sean puestos en libertad por la ley del ‘solo sí es sí’. Lo han hecho incorporando una nueva enmienda a la reforma del Código Penal que se tramita por la vía exprés en el Congreso con la que intentarán clarificar la aplicación de la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad.

Un cambio que se introduce a pesar de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, dijese que se esperaría a que el Tribunal Supremo se pronunciara de nuevo sobre la aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual para realizar, en su caso, un retoque técnico en la norma a fin de paliar los «efectos indeseados» que provocó su entrada en vigor.

Los dos grupos del Gobierno han pactado una transaccional a una enmienda del PDeCAT dentro del texto que plantea la derogación del delito de sedición, la rebaja de las penas asociadas a la malversación que se dio en el ‘procés’ y que modifica el funcionamiento del CGPJ y el Tribunal Constitucional. Este añadido respeta la voluntad del socio minoritario del Ejecutivo de no tocar el articulado de la ley. Una solución intermedia que permite a la ministra de Igualdad, Irene Montero, mantener que el texto de su norma es impecable y que a su vez introduce un párrafo «aclaratorio» a la exposición de motivos de la reforma del Código Penal.

La fórmula acordada se limita a introducir en esa exposición de motivos —que ahora se está debatiendo— un párrafo, con el que, según argumentan fuentes socialistas, se «facilita la interpretación del derecho transitorio de acuerdo con la jurisprudencia consolidada, para una aplicación correcta» de la norma. Pero sus efectos reales están aún por ver.

Uno de los problemas que, de acuerdo a algunos juristas, presentaba la ley del ‘solo sí es sí ‘ es que, a diferencia de lo que se ha hecho con otras reformas, en ella no se introdujo una disposición transitoria específica que para explicar cómo hay que compaginar el Código Penal anterior con el nuevo y por lo tanto, algunos tribunales han interpretado que debían aplicar la norma más beneficiosa al reo, un principio básico del derecho penal. La exposición de motivos pactada apela, entre otras cosas, a un planteamiento que se estableció en el Código Penal de 1995: «en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código».

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