Diario de León

Medio Ambiente

Los jueces frenan un gasoducto en Doñana

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía avala la decisión de denegar la autorización ambiental del espacio

Publicado por
Cecilia Cuerdo
León

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala el veto del Ejecutivo andaluz al gasoducto que Naturgy (Gas Natural) proyectaba en Doñana, y rechaza el recurso presentado por la gasística contra la negativa de la Junta a dar la autorización ambiental a una de las cuatro fases en las que se dividió el proyecto bajo la premisa de que contravenía los criterios de conservación del parque natural. El fallo, celebrado por las asociaciones ecologistas, cierra además la puerta a la indemnización millonaria que la empresa planteó en compensación por la negativa, y cuya resolución aun espera en los tribunales.

El fallo dictado el pasado 23 de diciembre y conocido ahora entiende que el veto de la Junta, entonces en manos de los socialistas, fue ajustado a derecho. Según argumentó el ejecutivo andaluz en 2016, el informe elaborado por el propio espacio natural un año antes advertía de que las obras que Naturgy quería llevar a cabo en la zona conocida como Marisma Oriental era incompatible con el plan de ordenación del parque y con los criterios de conservación del mismo. Y aludía específicamente a las nuevas conducciones y sondeos que proyectaba la empresa en esta área, la de mayor protección ambiental, así como el almacén de gas, sobre cuya presencia los ecologistas advirtieron del riesgo de movimientos sísmicos ya que se trataba de inyectar el gas en bolsas o depósitos ya existentes.

Nueva infraestructura

La sentencia hace hincapié en que, pese a que la empresa alegó que se trataría de mejorar la infraestructura ya existente, en realidad de trata de una «nueva infraestructura», por cuanto hay que cambiar el grosor del tubo e incluso el trazado. Y abre la puerta a que la indemnización de 358 millones que reclama la compañía sea rechazada, ya que «al rechazar el recurso no hay lugar en consecuencia al restablecimiento de situación jurídica individualizada alguna, cuyo resarcimiento se deriva en la demanda precisamente de la anulación de la resolución recurrida».

El proyecto del gasoducto en Doñana se remonta a 2008, aunque no fue hasta 2013 cuando la iniciativa logró la declaración de impacto medioambiental del gobierno central. De hecho, el proyecto fue incluido incluso en la Planificación Energética Nacional con carácter de urgente. La idea era levantar una red de 72 kilómetros de gasoducto, aprovechando 13 kilómetros ya existentes y mejorando la capacidad de otros 37, por lo que sólo 22 kilómetros serían de nuevo trazado.

El fallo, celebrado por las asociaciones ecologistas, cierra la puerta a indemnizaciones

Sin embargo, su cercanía con el parque obligó a someter el proyecto a la normativa andaluza e incluso del parque, donde surgieron los problemas. Para agilizar su construcción y allanar el terreno, Gas Natural dividió el proyecto en cuatro fases, aunque la Junta lo acabó paralizando.

En 2016, y tras un fallo del Supremo, tuvo que levantar ese veto, aunque solo lo hizo respecto a los tramos que no estaban en Doñana, y reclamó una evaluación de riesgos del conjunto, y no por fases, como solicitó también el Parlamento Europeo.

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