Diario de León

La Junta permite 'adorar' sin besos a las imágenes en Semana Santa

La Junta aprueba los acuerdos que se publicarán mañana en el Bocyl y estarán en vigor entre el 26 de marzo y el 9 de abril, ambas fechas inclusive, con los que se trasladan a la normativa autonómica vigente para la contención pandémica

nazareno

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La Junta permitirá celebrar actos religiosos de Semana Santa siempre que se realicen sin masificación, con un aforo de un tercio de las plazas, hayan sido autorizados, se mantenga la distancia interpersonal del metro y medio y quien acuda lo haga utilizando mascarilla. En esas reuniones se podrá adorar a las tallas siempre que las imágenes permanezcan estáticas, pero no se las podrá besar. Tampoco se podrán consumir bebidas o alimentos.

Las medidas se publicarán mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). Son de carácter extraordinario en la lucha contra el covid y especiales para la Semana Santa. De hecho entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas del 26 de marzo y se extenderán su efectividad hasta el 9 de abril inclusive..

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó hoy esta normativa, de la que se trasponen las actuaciones coordinadas para la prevención del coronavirus de cara a la próxima celebración de la Semana Santa, y que fueron acordadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Estas medidas específicas, de carácter temporal y extraordinario, tienen su justificación en reducir la posibilidad de contagios en los ámbitos sociales en los que, epidemiológicamente, se siguen registrando el mayor número de brotes de la enfermedad y, especialmente, ante la próxima concentración de días festivos, con vacaciones escolares, universitarias y laborales que, tradicionalmente, han propiciado la movilidad ciudadana, con un altísimo número de desplazamientos y un aumento de reuniones entre no convivientes.

La celebración de eventos religiosos no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno y se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

También se recomienda a los ayuntamientos favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre de manera que se incremente la proporción de espacios abiertos disponibles para la ciudadanía, en comparación con los espacios cerrados en los que existe mayor riesgo de transmisión, para la realización de eventos culturales, actividades para la Infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto en relación con la celebración de eventos con elevada afluencia de público. Asimismo, se recomienda no ingerir alimentos o bebidas en la calle, salvo en los espacios acondicionados para ello.

Además de este régimen preventivo temporal y excepcional, continúa el actual cierre perimetral del territorio autonómico castellano y leonés y el toque de queda para la limitación de la movilidad nocturna, entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

También las medidas preventivas, más concretas y sectoriales, vinculadas al vigente nivel 4 ordinario de alerta sanitaria, recogidas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria.

La Junta insiste en la necesidad de observar comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a cuatro personas no convivientes de la permanencia en espacios de uso público, ya sean estos públicos o privados.

 

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