Diario de León

Plan de Medidas de Prevención y Control frente al Covid-19

Mascarilla obligatoria durante el tiempo de espera del consumo de alimentos

También será obligatoria para hacer deporte en gimnasios y pabellones

mascarilla

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Agencias
León

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La mascarilla será obligatoria durante el tiempo que los clientes de un establecimiento espera la llegada de los alimentos que van a consumir, según una modificación del Plan de Medidas de Prevención y Control frente al Covid-19 , aprobada este jueves por el Consejo de Gobierno de Castilla y León .

La exención de su uso será, por tanto, mientras el consumo de los alimentos y bebidas sea efectivo , han informado fuentes de la Junta de Castilla y León que, por otra parte, ha recordado que durante las actividades físicas al aire libre tampoco es obligatorio el empleo de la mascarilla.

Su uso obliga a las personas mayores de seis años, tanto en la vía pública como en espacios al aire libre o cerrados, en este último caso al margen del tipo de actividad que se desarrolle, salvo en los domicilios cuando dentro del mismo se encuentren convivientes habituales .

En relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el horario de cierre a la una de la madrugada, sin admitir nuevos clientes desde las cero horas, no será de aplicación a los servicios de entrega a domicilio o de recogida por parte de los clientes , cuando el establecimiento cuente con espacio habilitado para realizar los pedidos desde los vehículos de los clientes.

Estas modificaciones propuestas por la Consejería de Empleo e Industria afectan también a los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, ferias comerciales al aire libre, mercados de ganado y entes feriales, así como a los centros de enseñanza acreditados por el sistema de Formación Profesional para el empleo .

En el caso de la venta ambulante se sustituye la limitación del número de puestos por una de aforos que garantice la distancia de seguridad interpersonal entre los clientes y los puestos de venta.

De forma paralela, con el fin de compensar la reducción de aforos, se faculta a los ayuntamientos para aumentar la superficie del mercado o habilitar nuevos días de celebración de los mercados al aire libre.

En cuanto a los centros de enseñanza acreditados por el sistema de Formación Profesional para el empleo, se excluyen las limitaciones de aforo debido a que la normativa que rige para este tipo de centros educativos establece una ratio máxima de 15 alumnos por aula, pero la mascarilla es preceptiva en el resto de instalaciones así como el mantenimiento de las distancias de 1,5 metros.

Deportes

Otras disposiciones afectan a las entidades deportivas organizadoras de entrenamientos y competiciones , contenidas todas ellas en una guía con medidas genéricas y específicas que afectan tanto a los torneos de ámbito autonómico en Castilla y León como a los entrenamientos.

Esta guía, editada por la Consejería de Cultura y Turismo, incluye referencias específicas a los eventos deportivos y medidas para entrenamientos y competiciones deportivas federadas oficiales con y sin contacto físico, además de las de distanciamiento social e higiene para los participantes, miembros de equipos y delegaciones deportivas, para espectadores en entrenamientos, eventos y competiciones.

Establece además el protocolo a seguir tras la identificación de un positivo y para la utilización de alojamientos para competiciones y transporte de participantes.

Se permitirá la celebración en la comunidad autónoma de encuentros correspondientes a competiciones de ámbito estatal y carácter no profesional , al igual que las de carácter internacional que se desarrollen en Castilla y León y estén organizadas por las federaciones deportivas españolas.

Todas estas competiciones, tanto las de ámbito autonómico que impliquen fases de ascenso o clasificatorias para competiciones oficiales federadas de ámbito nacional, deberán seguir las normas contempladas en el protocolo del Consejo Superior de Deportes.

El Plan de Medidas de Protección también introduce la supresión de la pernoctación en las actividades juveniles de tiempo libre, según las mismas fuentes

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