Diario de León

Los médicos persisten en evaluar la disforia de género en menores trans

El Consejo General afirma que un diagnóstico multidisciplinar no vulnera los derechos fundamentales de las personas

Una concentración frente al Congreso de personas partidarias de la ley trans. J. J. GUILLÉN

Una concentración frente al Congreso de personas partidarias de la ley trans. J. J. GUILLÉN

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EFE

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El Consejo General de Médicos (CGCOM) cree que la ley trans debería incluir la exigencia de informes médicos multidisciplinares para los menores que soliciten la autodeterminación de género para disminuir el riesgo de «no persistencia en el deseo de transexualidad» y otros de carácter psicológico. Los médicos han elaborado un posicionamiento sobre la norma en el que manifiestan que exigir un diagnóstico médico multidisciplinar de la disforia de género «no puede considerarse que vulnere los derechos fundamentales de la persona». El anteproyecto, recuerdan, permite el cambio registral en tres tramos de edad: los mayores de 16, que podrán cambiar de sexo por su cuenta y sin requisitos adicionales a su libre voluntad, salvo un período de reflexión de tres meses; los menores de entre 14 y 16, que necesitarán el permiso de sus representantes legales, y los de entre 12 y 14, en cuyo caso tendrán que aportar un informe judicial.

Para el CGCOM, este planteamiento «no resulta adecuado» para proteger el interés de los menores de 16 años que «carezcan del suficiente grado de madurez o cuya situación de transexualidad no esté estabilizada».

«La asistencia a los menores por parte de equipos médicos multidisciplinares especializados durante todo el proceso disminuiría el riesgo de no persistencia en el deseo de transexualidad y los riegos psicológicos y orgánicos derivados de un proceso acelerado de la transición de género», subraya.

Comparte la defensa que hace la norma del derecho de las personas a no ser discriminadas por motivos de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales, así como la atención sanitaria integral a personas intersexuales desde un enfoque despatologizador. Pero cree que «va en una dirección distante» de países como Alemania, Bélgica, Dinamarca, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido o Suecia, que sí exigen condicionantes como mayoría de edad, autorización de representantes legales o intervención judicial para los menores o un informe médico descriptivo de la situación. Así, y en la línea de lo establecido en el dictamen del Consejo General del Poder Judicial, propone extender el procedimiento de jurisdicción voluntaria de los 12 a los 17 años y no solo a los de entre 12 y 14.

Y ello porque «las intervenciones médicas dirigidas a la ejecución del proceso de transexualidad exigen una especial prudencia en menores, dada la irreversibilidad de muchas de las terapéuticas precisas para el proceso de transexualización». Así, el ejercicio del derecho de rectificación de los adolescentes de entre 14 y 16 debería someterse a condiciones de «suficiente madurez» y «estabilidad en la situación de transexualidad» que se exige en los otros tramos de edad, y que el control de su concurrencia se haga en a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria. «No parece necesario ni proporcionado desvincular la rectificación registral de la mención relativa al sexo de todo elemento probatorio que acredite, de un modo u otro, cierta estabilidad en la identidad sexual libremente definida por la persona», subraya la corporación médica.

Finalmente, critica el un régimen específico de protección reforzada sobre otros colectivos recogidos en el anteproyecto, ya que «determina la existencia de ciertas y notables ventajas» que dan lugar a «posibles situaciones de discriminación en relación con el resto de los ciudadanos» que ya ostentan, o son merecedores, de la misma protección.

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