Diario de León

Apartados de su familia de acogida

El Procurador pide a la Junta paralizar una adopción exprés

Una «reclamación legítima» en interés de dos menores. El Procurador del Común pide a la Junta aplazar la adopción de dos menores que fueron apartados de su familia de acogida tras cuatro años sin el plan preadoptivo que exige la ley.

León

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Dos menores de cinco y siete años que vivieron durante casi cuatro años, casi su vida entera, con la familia de acogida de Félix Ángel Huidobro Labarga y Beatriz Ibán Herrero, junto con su hija biológica, pasaron en el espacio de cinco días de ser candidatos a un acogimiento permanente en el hogar de acogida a encabezar un expediente de adopción que la Gerencia de Servicios Sociales de León.

La historia arranca el 20 de julio de 2015 cuando el Servicio de Protección a la Infancia de la Junta declara el desamparo de los menores. Un año y medio después, el 9 de diciembre de 2016, se formalizó el acogimiento familiar, primero con el mayor, que contaba dos años y medio y poco después con el pequeño, que entonces tenía un año.

En agosto de 2019 los niños se convierten en candidatos a una adopción, pero el tiempo pasaba sin que surgiera ninguna familia adecuada para los menores. Los niños muestran una «buena integración «en el entorno familiar y social de la familia acogedora» en los seguimientos de la acogida por parte de la administación. Durante el confinamiento por la pandemia se someten a una revisión telemática. El 26 de agosto la familia acogedora recibe la propuesta «informal» de realizar un acogimiento permanente, una figura que sustituye a la prohibición de la adopción por familias de acogida. Habían transcurrido con crecer los dos años estipulados para el acogimiento temporal.

Cinco días después, el destino de los niños y la familia de acogida da un giro inesperado. El 2 de septiembre les comunican que ha surgido una familia candidata «idónea», que acepta el 8 de octubre. Una «premura» que ha sorprendido al Procurador del Común, al que acudió la familia en octubre, tras iniciarse el proceso preadoptivo, y que «generaera dudas sobre las garantías aplicadas» en el proceso de selección de los candidatos para la adopción de los menores, según valora la resolución del Procurador del Común emitida a finales de enero. Los niños fueron arrancados del hogar de acogida el 27 de octubre sin un plan preadoptivo, como es preceptivo. La institución que preside Tomás Quintana ha resuelto solicitar a la Junta «aplazar la presentación de la propuesta de adopción» ante el juzgado competente «para garantizar que la familia elegida es la más adecuada para atender las necesidades de los niños». Pide que se asegure «la aceptación plena de las futuras personas adoptantes» y así «evitar perjuicios emocionales y psicológicos en los niños por su separación de la familia de acogida». También alude a «conseguir una adaptación progresiva, promover un adecuado desarrollo de su identidad y personalidad y evitar la confusión de sentimientos de pertenencia y afectividad generados con un acogimiento familiar de larga duración». Invocando el favor filii, el supremo interés del menor, el Procurador del Común solicita una «evaluación pormenorizada, exhaustiva y completa del desarrollo de la guarda preadoptiva para poder constatar, con seguridad, la idoneidad actual de los solicitantes de adopción». La adopción debería paralizarse definitivamente de concluirse « la falta de idoneidad, motivación o capacidad de la familia adoptante».

Sorprende
La «premura» de la adopción «genera dudas sobre las garantías aplicadas» en el proceso

El Procurador del Común solicita que la decisión final sobre los menores sea «en beneficio de su interés prioritario, considerando además su derecho a ser oídos». Por último, exige a la administración que de cara a futuros procedimientos el Servicio de Protección se someta «a los trámites reglados que garanticen la seguridad jurídica».

El Procurador ampara la reclamación realizada por la familia de acogida, frente al argumento de la administración de que no se hizo un plan preadoptivo por mostrar desacuerdo en la adopción. «Su única pretensión ha sido reclamar legítimamente aquellas medidas como más beneficiosas para los intereses de los niños», recalca Tomás Quintana. Recalca que los acogedores familiares tienen derecho «a velar por el bienestar e interés de los menores» y a ser oídos por el Servicio de Protección a la Infancia que lleva estos casos.

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