Diario de León

Residencia para víctimas de trata

La ley crea los delitos de explotación laboral, servidumbre y esclavitud

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Las personas que sean identificadas oficialmente como víctimas de trata lograrán la residencia en España y todos los beneficios de la ley aunque no denuncien a sus proxenetas o explotadores ni colaboren en su detención. Así lo recoge el anteproyecto de la ley contra la trata que hoy aprobó el Consejo de Ministros, que crea los delitos de explotación laboral, servidumbre y esclavitud -este último castigado hasta con doce años de cárcel- e impondrá hasta cuatro años de prisión a quien pague a sabiendas por los servicios sexuales de mujeres forzadas a satisfacerle.

El documento, elaborado por los ministerios de Justicia, Igualdad, Interior y Seguridad Social, tiene un triple objetivo. Extender el castigo penal que ya recibían los traficantes de personas a quienes luego las explotan, desplegar una red pública para el rescate e inserción social de las perjudicadas y garantizar que las víctima recibe todas las ayudas denuncie o no o disponga o no de documentos de estancia legal en España.

El texto es el complemento indispensable de la proposición de ley socialista para la prohibición de la industria proxeneta, que ahora debate el Congreso, ya que la mayor parte de las mujeres que se prostituyen en España son víctimas de trata. Pero, además, es una ley integral, que persigue cualquier tipo de explotación de seres humanos, no solo la sexual. El trabajo o las actividades delictivas forzadas, las redes de mendicidad o la trata para matrimonios forzados o tráfico de órganos.

Entre las figuras penales que añadirá al ya existente delito de trata (el moderno tráfico de esclavos), castigado con entre 5 a 8 años de cárcel desde 2010, está el de trabajo o servicios forzados, que cometerá quien con violencia, intimidación, engaño, extorsión o abuso de superioridad explote a un víctima, infracción que pagará con entre 5 y 8 años de cárcel. Quien mantenga sometida y con sus movimientos restringidos la víctima incurrirá en el delito de servidumbre (6 a 9 años de cárcel) y quien, además, someta a la explotada a su total voluntad y anule su libertad será un esclavista y irá de 8 a 12 años a prisión.

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