Diario de León

La tercería locativa o el rol del empresario de prostitución

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Como delito conectado al anterior se recupera la llamada tercería locativa, el rol del empresario de la prostitución, que lleva casi 30 años despenalizado. Quien con ánimo de lucro y de manera habitual destine un inmueble, local o establecimiento, abierto o no al público, a promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona, aun con su consentimiento, será castigado con 2 a 4 años de prisión, multa de 18 a 24 meses y la posible clausura del local, así como la disolución de la empresa y el embargo de sus bienes. La tercería actúa como una agravante del proxenetismo y ambos delitos se cometen solo con constatarse el ánimo de lucro. No hacen falta, como hasta ahora, ni la violencia ni la intimidación. De hecho, el Código Penal mantiene el actual delito de proxenetismo como tipo agravado. Castigará con penas de 3 a 6 años de cárcel y multa de 18 a 24 meses a todo el que empleando violencia, intimidación, engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución.

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