Diario de León

TRIBUNA

Ley de contratos y empresas leonesas

Publicado por
Mercedes Fuertes Catedrática de Derecho Administrativo y Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación
León

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A lgunas noticias han recordado en estos días la entrada en vigor de una nueva ley que encauza el régimen jurídico de los contratos que celebran tantas administraciones, organismos y entidades públicas. Es asunto relevante porque tales contratos representan un porcentaje muy significativo de la actividad económica y son muchas las empresas privadas cuyo negocio depende de las obras, suministros y otros servicios que realizan para los poderes públicos.

La aprobación de esta nueva ley era obligada tras el impulso reformador que hace años se acordó en la Unión Europea y son múltiples los cambios que se introducen dirigidos a una mejor gestión de los dineros públicos: se predica una mayor transparencia de la actuación administrativa, se establecen nuevas medidas para luchar contra la corrupción, se simplifican procedimientos administrativos, se amplían las posibilidades de recursos que tan eficaces han sido... y un largo etcétera de novedades.

Pero hay determinados aspectos sobre los que quiero en este momento llamar la atención porque interesan a los empresarios leoneses que deben saber que se ha consolidado un cambio de paradigma en la contratación pública.

En efecto, la legislación tradicional de contratos tenía fija su mirada en la selección de aquellos empresarios que ejecutaran obras, prestaran servicios o sirvieran suministros en las condiciones económicas más ventajosas. Hace años se añadió que las administraciones consideraran también, a la hora de adjudicar el contrato, algunos aspectos sociales y ambientales. Como los contratos han de estar al servicio de la consecución de políticas públicas integrales, atrás queda la mirada miope de la Administración atenta sólo a satisfacer sus necesidades más inmediatas en la contratación al mejor precio. Hoy la actividad contractual ha de coadyuvar, como si se observase a través de unas gafas progresivas, a la estabilidad en el empleo, a las condiciones laborales, a la integración y responsabilidad social, así como a aspectos relacionados con la protección ambiental. Este es el mandato de la Unión Europea desde la aprobación de la denominada Estrategia 2020 que se reitera en muchos documentos y que debe impregnar la interpretación de la ley de contratos.

Pero, junto a esta perspectiva social y ambiental, hay otra idea, más relevante a mi juicio, que genera un giro de ciento ochenta grados en la normativa de contratación, a saber: facilitar el acceso a estos contratos de las pequeñas y medianas empresas. Es clara esta voluntad en la normativa europea, que también acoge el primer artículo de la ley española y que surca todo el texto al simplificar algunos trámites, reducir exigencias para estas empresas así como, entre otras consideraciones, establecer la preferencia por el reparto entre varios lotes de los contratos. ¿Qué significa ésto? Que cuando el objeto del contrato puede distribuirse en varias prestaciones, deben las administraciones realizar tal reparto con el fin de que puedan acudir al concurso las pymes. Es la opción preferente según el artículo 99 de la ley y así lo ha reconocido la Junta consultiva de contratación, cuyos informes constituyen un importante criterio para interpretar la Ley.

Estos dos aspectos —las condiciones sociales y ambientales, así como facilitar la contratación de las pymes— son los que han de atender las Administraciones y organismos públicos.

Ambos podrán beneficiar a los empresarios leoneses.

Un ejemplo real me sirve para ilustrar mi comentario: la adquisición de libros por las bibliotecas municipales, provinciales y universitarias. Se trata de suministros en los que el objeto está bien definido —últimas novedades o publicaciones especializadas—. Es más, el precio no puede variar porque así lo impone la ley del libro. Pues bien, si el objeto está tan determinado, si el precio es invariable ¿por qué no se atiende a las pymes en lugar de ofrecer un único contrato a las grandes distribuidoras multinacionales? ¿cómo no se consideran las cláusulas ambientales que reducen los transportes de mercancía y, con ello, la contaminación que es mencionada de manera explícita en la estrategía europea? ¿cómo se desprecia el mantenimiento de la estabilidad en el empleo que ofrecen las librerías modestas? O ¿es que resulta preferente atender a las condiciones laborales de las grandes multinacionales y no al hecho doloroso de que echen el cierre nuestras librerías artesanales? Quiero enfatizar el carácter de héroes que tienen los pequeños y sabios libreros, que mantienen abiertas sus librerías y encendida la llama votiva de la cultura, tan oculta por las prisas del mundo tecnológico.

Es sólo un ejemplo, pues muchos otros se podrían alegar en favor de las pequeñas y medianas empresas leonesas cuya actividad está muy presente en el nuevo espíritu y en la letra de la ley que estos días ha entrado en vigor.

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