TRIBUNALES
Condenado por anunciar una marcha a favor de Franco con el logo de la UPL en 'Tú no eres de León si no...'
El auto le obliga a rectificar la publicación en un perfil Facebook y a pagar 1.500 euros

El perfil de Facebook «Tú no eres de León si no...» alumbró el 30 de agosto la publicación de una persona que anunciaba una manifestación para el 8 de septiembre en contra del traslado de los restos de Franco del Valle de los Caídos. Nada que se saliera de lo normal o que no hubiera sucedido en otras ciudades. Pero en este caso, la convocatoria se adornaba con el logotipo de la Unión del Pueblo Leonés (UPL) sin que la formación tuviera conocimiento, ni se hubiera posicionado a favor de esta reclamación. A pesar de que se retiró el cartel tras intentar explicar que era un error de quien se lo había pasado, ahora, más de dos años y medio después, la denuncia del partido leonesista ha terminado con la condena a publicar la rectificación en el mismo foro, además de correr con las costas procesales, que ascienden a 1.500 euros.
El auto, que recoge lo pactado entre las partes antes de entrar en sala, establece que el condenado debe publicar un texto de desagravio «en el plazo no superior a diez días desde la homologación del presente acuerdo, en el mismo foro o grupo de Facebook en el que se produjo la publicación, ‘Tú no eres de León si no...’, durante al menos siete días».
«Declaro que la publicación el día 30 de agosto de 2016 del cartel convocando a una manifestación contra el traslado de los restos de Francisco Franco desde el Valle de los Caídos en la que se incluyó el logotipo de la Unión del Pueblo Leonés fue contraria al derecho al honor del partido político», debe insertar el procesado, quien además se compromete a abstenerse de «volver a utilizar en el futuro el logotipo o nombre sin consentimiento expreso». «Para la eventualidad de que fuera eliminada la publicación antes del plazo acordado, será sustituida por su inserción en la página de Facebook personal» del autor de la convocatoria «por el tiempo restante hasta completar los siete días», abunda el juzgado de primera instancia número 9 de León.
El acuerdo reseña que «ambas partes manifiestan no tener nada más que reclamarse en relación con los hechos de los que se deriva el procedimiento», pero deja un coste para el autor de la publicación en el perfil de Facebook, que cuenta con más de 47.000 seguidores en la actualidad y se ha convertido en un foro de debate de noticias y sucesos, así como un espacio para rememorar hechos, lugares o personas. Más allá de la exhibición pública de su rectificación en la red social, la publicación del cartel de la convocatoria pública le supone la obligación de tener que pagar los 1.500 euros de las costas procesales.