León tendrá viceinterventor y no puede imponer su interés al interés público
El tribunal rechaza que el puesto esté vacío de contenido, como defiende ahora el equipo del PSOE

Fachada del Ayuntamiento de León en Ordoño II.
El Ayuntamiento de León deberá finalmente incorporar al nuevo viceinterventor municipal a su cargo, sin que quepan más recursos ordinarios contra la decisión, porque no se entiende que mantuviera en el puesto a una persona en comisión de servicio durante meses y con prórrogas y decidiera prácticamente a la vez suprimir la plaza cuando ya estaba convocada por el Ministerio de Función Pública.
El Tribuntal Superior de Justicia de Madrid cierra así un capítulo frente al que el equipo municipal de gobierno socialista ha mantenido un tenso pulso. Su sentencia es clara: no solo desestima el recurso y condena en costas al Ayuntamiento, sino que incide en que los argumentos de la corporación leonesa «expresan su parecer sobre la prevalencia de sus propios intereses frente al interés del resto de las partes, y del interés público».
La polémica de los cargos de intervención en el Ayuntamiento de la capital leonesa se inició hace más de 30 meses, con la jubilación de quien ocupaba el cargo hasta entonces. Desde eses momento la plaza se ocupó en comisión de servicio, que se ha alargado hasta finales del año pasado apurando al máximo los plazos legalmente establecidos.
Sin complicaciones hasta que el Ministerio de Función Pública convocó, junto con otras tantas a nivel nacional, la plaza de viceinterventor del Ayuntamiento de León. En el concurso oficial de méritos la plaza se adjudicó al hasta entonces interventor de San Andrés del Rabanedo, que renunció a ese puesto y reclamó su incorporación al puesto en la capital el pasado 23 de octubre. Poco después finalizaba el plazo máximo de comisión de servicios de quien hasta entonces ocupaba esa plaza.
Sin embargo, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de León no sólo ha bloqueado la toma de posesión del nuevo viceinterventor, sino que ha desplegado un frente judicial bajo el argumento de que la plaza en cuestión carece de contenido en la práctica. Por lo que solicitó medidas cautelares para que la toma de posesión no se llevase a cabo.
El propio TSJ de Madrid censuró a finales de noviembre que se solicitase bloquear la toma de posesión y se pretendiese anular la plaza cuando poco antes se había prorrogado la comisión de servicio de la funcionaria que ejercía la función hasta entonces. «No se han aportado pruebas de que la plaza esté vacía de contenido», advertía el tribunal.
Que ya entonces recordaba que corresponde al Ayuntamiento de León organizar su estructura, pero que el proceso de supresión de la plaza no se inició hasta que se publicó el concurso nacional. Algo que consideró «contrario al buen derecho».
Ahora el TSJ de Madrid desestima el recurso de León contra el auto de 24 de noviembre pasado, que reclamaba suspender la ejecución de la resolución del 27 de septiembre por la que la Dirección General de Función Pública adjudicaba la plaza de viceinterventor municipal, argumentando que existía una propuesta que preveía su amortización.
El tribunal constata, sin embargo, que cuando se convocó la citada plaza no se habían iniciado los trámites para su supresión. Por lo que «no puede entenderse cómo pronunciarse sobre el fondo del asunto cuando el objeto del presente procedimiento no es la procedencia de dicha supresión». Y critica que, «por lo demas, el Ayuntamiento expone su parecer sobre la prevalencia de sus intereses frente al interés del resto de las partes y del interés público».
Por lo que desestima el recurso e impone costas al denunciante, a la vez que advierte que frente a esta decision no cabe recurso ordinario alguno.
El Ayuntamiento de León deberá finalmente incorporar al nuevo viceinterventor municipal a su cargo, sin que quepan más recursos ordinarios contra la decisión, porque no se entiende que mantuviera en el puesto a una persona en comisión de servicio durante meses y con prórrogas y decidiera prácticamente a la vez suprimir la plaza cuando ya estaba convocada por el Ministerio de Función Pública. El Tribuntal Superior de Justicia de Madrid cierra así un capítulo frente al que el equipo municipal de gobierno socialista ha mantenido un tenso pulso. Su sentencia es clara: no solo desestima el recurso y condena en costas al Ayuntamiento, sino que incide en que los argumentos de la corporación leonesa «expresan su parecer sobre la prevalencia de sus propios intereses frente al interés del resto de las partes, y del interés público».
La polémica de los cargos de intervención en el Ayuntamiento de la capital leonesa se inició hace más de 30 meses, con la jubilación de quien ocupaba el cargo hasta entonces. Desde eses momento la plaza se ocupó en comisión de servicio, que se ha alargado hasta finales del año pasado apurando al máximo los plazos legalmente establecidos.
Sin complicaciones hasta que el Ministerio de Función Pública convocó, junto con otras tantas a nivel nacional, la plaza de viceinterventor del Ayuntamiento de León. En el concurso oficial de méritos la plaza se adjudicó al hasta entonces interventor de San Andrés del Rabanedo, que renunció a ese puesto y reclamó su incorporación al puesto en la capital el pasado 23 de octubre. Poco después finalizaba el plazo máximo de comisión de servicios de quien hasta entonces ocupaba esa plaza.
Sin embargo, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de León no sólo ha bloqueado la toma de posesión del nuevo viceinterventor, sino que ha desplegado un frente judicial bajo el argumento de que la plaza en cuestión carece de contenido en la práctica. Por lo que solicitó medidas cautelares para que la toma de posesión no se llevase a cabo.
El propio TSJ de Madrid censuró a finales de noviembre que se solicitase bloquear la toma de posesión y se pretendiese anular la plaza cuando poco antes se había prorrogado la comisión de servicio de la funcionaria que ejercía la función hasta entonces. «No se han aportado pruebas de que la plaza esté vacía de contenido», advertía el tribunal.
Que ya entonces recordaba que corresponde al Ayuntamiento de León organizar su estructura, pero que el proceso de supresión de la plaza no se inició hasta que se publicó el concurso nacional. Algo que consideró «contrario al buen derecho».
Ahora el TSJ de Madrid desestima el recurso de León contra el auto de 24 de noviembre pasado, que reclamaba suspender la ejecución de la resolución del 27 de septiembre por la que la Dirección General de Función Pública adjudicaba la plaza de viceinterventor municipal, argumentando que existía una propuesta que preveía su amortización.
El tribunal constata, sin embargo, que cuando se convocó la citada plaza no se habían iniciado los trámites para su supresión. Por lo que «no puede entenderse cómo pronunciarse sobre el fondo del asunto cuando el objeto del presente procedimiento no es la procedencia de dicha supresión».
Y critica también que, «por lo demás, el Ayuntamiento expone su parecer sobre la prevalencia de sus intereses frente al interés del resto de las partes y del interés público».
Por lo que desestima el recurso e impone costas al denunciante, a la vez que advierte que frente a esta decision no cabe recurso ordinario alguno.