El monasterio se consideraría patrimonio protegido desde que se inicie el proceso burocrático
La Junta estudia si declara la abadía de Nogales Bien de Interés Cultural
Los técnicos reúnen documentos que avalen la apertura de un expediente de declaración
Alberto Domingo - la bañeza
Alberto Domingo 20/10/2006
Los técnicos del Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León trabajan en la recopilación de documentos que permitan abrir un expediente de Bien de Interés Cultural (BIC) para el Monasterio de Santa María de Nogales, en el municipio de San Esteban, según informó la delegación del Ejecutivo autonómico en la provincia.
La declaración de BIC de las ruinas del cenobio permitirían dotarle de una figura de protección, así como de actuaciones y mantenimiento que evitasen que las paredes de la vieja abadía que aún se mantienen en pie desaparezcan por su desplome o por la acción de los enemigos de lo ajeno, que han expoliado al recinto de elementos arquitectónicos, como sucedió a finales de septiembre, cuando unos desconocidos se llevaron, piedra a piedra, un arco, suceso que el Ayuntamiento puso en conocimiento de la Guardia Civil.
Tras las excavaciones
La delegación de la Junta informó que la labor de documentación necesaria para la declaración de BIC de este paraje histórico se inició una vez terminada la actuación arqueológica que se llevó a cabo a finales del año 2004, con un coste de 27.300 euros y que completó a una primera, del año 2003, que, con un coste de 7.200 euros, recuperó parte del mosaico del suelo del primer claustro de Nogales, realizado con canto rodado. Esta tarea la coordina la arquitecta territorial y no existe un plazo para su finalización. Del mismo modo, tampoco se apuntan plazos para, una vez presentada la documentación, la apertura del expediente para la declaración de BIC, que corresponde, señalaron desde la oficina de prensa de la delegación, a la Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta.
Protección provisional
La Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que recoge el proceso de declaración de BIC, entre otros aspectos, señala, en el tercer apartado del Artículo 10, que el inicio del «procedimiento para la declaración de un Bien de Interés Cultural determinará, respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la presente ley para los bienes ya declarados», por lo que le Monasterio cisterciense dispondría de la protección que cualquier otro BIC durante los 24 meses que esta misma norma da para resolución del expediente. Esta medida provisional no fue alterada por la Ley 8/2004, que modificó la citada antes.
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