Diario de León

Antonio Manilla

Sinfinamiento y coronaesbirros

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La definición clásica de soberano decía que lo era quien tenía la potestad de declarar el estado de excepción. No sé si el coronavirus habrá venido para cambiar el término de soberanía, pero, desde luego, me parece que algo ha hecho. El estado de excepción, que viene regulado en la misma ley que los estados de alarma y de sitio, según Giorgio Agamben, «se constituye en una indistinción entre hecho y derecho, dentro y fuera, norma y exclusión». No sé cómo andamos en cuanto a los umbrales del derecho, pero de dentro y fuera hemos recibido un máster durante la cuarentena. Y de exclusiones a la norma, desgraciadamente, tampoco nos hemos quedado cortos: ciudadanos a su bola y políticos, para los que nunca ha faltado un test que le era negado al resto, arrimando el ascua del privilegio a su sardina.

Los conciertos de balcón y los aplausos multitudinarios nos han creado el espejismo de creernos una sociedad fuerte y unida, aunque sin demasiado respeto por los difuntos, todo hay que decirlo, que se han despersonalizado en cifras y sumandos de la famosa curva, facilitando así su olvido cada día a las ocho en punto de la tarde. He escrito «espejismo» porque sinceramente dudo mucho que una sociedad confinada se la pueda denominar sociedad. Las metáforas del montañismo —picos, desescalada— se han ido abandonando por otras bélicas —guerra, enemigo— y, en este estabulamiento por decreto, sin un fin en el horizonte, uno empieza a sospechar quiénes son los prisioneros que han hecho los nuestros.

La razón que se nos dio para meternos entre barrotes, convirtiéndonos en coronaesbirros, recordemos que era evitar el colapso del sistema sanitario, es decir, impedir un contagio en masa al que no se pudiera atender. Continuar con esa política de sacristán —«el que evita la ocasión, evita el peligro»— ya no es de recibo y demuestra una gran falta de alternativas, de las que no carecen otros países. Permítanme una cita larga: «cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados». Son las condiciones para solicitar el estado de excepción que recoge el artículo 13 de nuestra Ley Orgánica. Si no fuera porque es potestad del Gobierno pedírselo al Congreso, casi era para demandar un estado de excepción contra el estado de alarma.

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