Diario de León

Antonio Papell

Jurisdicción Universal

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En el derecho internacional existe la figura de la jurisdicción universal que establece que los tribunales nacionales pueden investigar y procesar a una persona sospechosa de cometer un delito en cualquier lugar del mundo con independencia de la nacionalidad del acusado o de la víctima o en ausencia de todo vínculo con el Estado en el que ejerce dicho tribunal.

Un documento de Amnistía Internacional asegura que esta acreditada institución refleja la opinión, ampliamente expresada por la comunidad internacional, de que ciertos delitos -entre los que se mencionan expresamente el genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales y la desaparición- son tan graves que constituyen un delito contra el conjunto de la humanidad y, por lo tanto, todos los Estados tienen la obligación de llevar a los responsables ante los tribunales. Esta opinión se recoge también en el Preámbulo del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

En nuestro país, este asunto saltó a la palestra con ocasión del ‘caso genocidio en Guatemala’ o genocidio maya; en la región del Triángulo Ixil, se cometió un terrible genocidio entre 1981 y 1983.

En 1999, La Fundación Rigoberta Menchú y otros actores presentaron una querella ante la Audiencia Nacional, acusando al antiguo jefe de Estado general Efraín Ríos Montt y otros oficiales guatemaltecos del alto mando por delitos de terrorismo, genocidio, y tortura sistemática. En 2006, el juez Pedraz de la Audiencia Nacional emitió una orden de arresto para los ocho acusados. Al principio, la Corte Constitucional de Guatemala (CCG) aceptó las ordenes de arresto y autorizó los procedimientos de extradición pero se volvió rápidamente atrás, impidiendo las extradiciones y a Pedraz entrevistar a testigos en Guatemala. Sin embargo, más de cuarenta testigos de la matanza fueron traídos privadamente a España a declarar en el proceso.

Viene todo esto a cuento de que en Suecia arrancó este martes un juicio contra Hamid Noury, a quien la Fiscalía sueca acusa de «quitar la vida intencionadamente a un gran número de prisioneros simpatizantes o miembros de la Organización de los Muyahidines del Pueblo de Irán (OMPI) y someter a otros a torturas y tratos inhumanos» entre el 30 de julio y el 16 de agosto de 1988, cuando ocupaba un puesto como asistente del fiscal en la prisión de Gohardasht cerca de Teherán. Se calcula que fueron exterminadas unas 5.000 personas en la fase final de la guerra entre Irán e Irak (1981-1988). Noury fue detenido en 2019 en un aeropuerto sueco y ha permanecido en prisión preventiva hasta ahora. El juicio acabará en abril de 2022. Por fortuna, tras la claudicación de España, otras grandes democracias más potentes que la nuestra mantienen viva la llama de los derechos humanos en el mundo. Quizá, algún día, podamos recuperar aquí la iniciativa y el espíritu constitucional.

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