Diario de León

Oficializada la convocatoria de ayudas del Consejo a las pedanías

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Las juntas vecinales de la comarca del Bierzo ya pueden presentar proyectos de obras y acudir a la convocatoria del denominado Plan Adiciona de Juntas Vecinales para este año 2020. La medida se aprobaba el pasado 16 de junio en Junta de Gobierno del Consejo Comarcal del Bierzo, pero fue ahora cuando se ha oficializado con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León.

La presente convocatoria forma parte de lo establecido en la Ley General de Subvenciones y de la ordenanza General de Subvenciones, aprobada ya por el Pleno del Consejo Comarcal del Bierzo el día 25 de febrero de 2016, y tiene por objeto ayudar a las Juntas vecinales en la financiación de pequeñas obras de competencia local, para 2020.

Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regirán, además de por lo previsto en las presentes bases, por lo dispuesto en la ordenanza General de Subvenciones del Consejo Comarcal del Bierzo y las subvenciones se concederán para el periodo 2020 con cargo a la aplicación 943.768, por un importe total de 720.000 euros.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las juntas vecinales pertenecientes a municipios de la comarca del Bierzo, que se encuentren inscritas en el registro de Entidades Locales del Ministerio de Hacienda, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en la Ley General de Subvenciones mediante declaración responsable del representante de la corporación Local y que en el convocatoria del Plan de Juntas vecinales para el 2019- 2020 no hubieran obtenido subvención por no haber presentado solicitud o por haberla presentado fuera del plazo concedido.

Los beneficiarios deberán cumplir, junto con las obligaciones impuestas en el art. 14 de la Ley General de Subvenciones, las establecidas en el art. 7 de la ordenanza General de Subvenciones así como en la normativa en materia de contratación regulada en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público y demás normativa aplicable.

La subvención máxima a conceder por cada actuación no podrá exceder de la siguientes cuantías, siendo en todo caso la aportación de la junta vecinal como mínimo del 10% de lo realmente ejecutado: Entidades locales menores de hasta 500 habitantes: 5.000 euros; Entidades locales menores de más de 500 habitantes: 6.000 euros. Los criterios de distribución de fondos corresponderá una asignación fija en función de la población de la entidad local menor, considerando los datos del padrón municipal.

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