Diario de León

Justicia

Le piden cinco años de prisión por gestionar ilegalmente el coto de caza de Fonfría

El juicio al expresidente de la pedanía se celebrará entre mañana y el miércoles  de octubre en la Audiencia Provincial

Un cazador, en una imagen de archivo. JESÚS F. SALVADORES

Un cazador, en una imagen de archivo. JESÚS F. SALVADORES

León

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El expresidente de la Junta Vecinal de Fonfría se enfrenta a cinco años de prisión, acusado de un delito de malversación de caudales públicos . El juicio se celebrará entre mañana y el miércoles en la Audiencia de León. Según el escrito de calificaciones provisionales, con plena consciencia de su ilegalidad, excediéndose del ejercicio de sus funciones, prescindiendo de cualquier procedimiento administrativo y sin contar con el acuerdo ni intervención del resto de miembros de la entidad local, r evocó personalmente la adjudicación del aprovechamiento del coto de caza que se había otorgado antes, el 31 de Agosto del 2009 a favor de un beneficiario por un importe de 8.395 euros.

Así las cosas y con dicha maniobra fraudulenta, el acusado, consiguió gestionar de forma personal y sin aprobación de la junta vecinal el coto de caza de Fonfría y con el fin de enriquecerse de forma ilícita, hizo suyos los ingresos derivados de la explotación del coto al menos durante las temporadas 2010/2011 y 2011/2012, bien cobrando personalmente y en metálico algunas de las cuotas que abonaban los cazadores o bien mediante ingresos que se realizaban en sus cuentas personales y que figuraban a nombre de algunos de sus familiares para evitar ser descubierto. Como consecuencia de estos hechos, la Junta Vecinal ha sufrido un perjuicio económico por el dinero distraído por el acusado de sus arcas que asciende a 32.374,55 euros por las cuotas de caza, 5.700 euros por los recechos y monterías y de 4.197,50 euros por el importe de la cesión del coto.

El perjuicio total causado asciende a 42.272,05 euros de los que el acusado ha reintegrado 3.470 euros de los ingresos que obtuvo de forma ilícita .

Los hechos narrados son constitutivos de: un delito de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos previsto y penado en el artículo 432.1 y 2 y 74 del Código Penal.(redacción actual por resultar másfavorable). Procede imponerle, según la Fiscalía, por el delito continuado de malversación de caudales públicos la pena de cinco años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante nueve años. Y por por el delito de prevaricación la pena de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. El acusado indemnizará a la Junta Vecinal  en la cantidad de 38.802,05 euros más los intereses.

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