Diario de León

El TSJ reprende a Puente por criticar el fallo de las multas

El alcalde de Valladolid realizó alusiones personales a la esposa del magistrado

Puente muestra una foto de un coche saltándose un semáforo.

Puente muestra una foto de un coche saltándose un semáforo.

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ-CyL) ha tachado de «inaceptables» las críticas vertidas ayer por el alcalde de Valladolid, Óscar Puente, contra una sentencia que considera ilegales las sanciones impuestas por el Ayuntamiento por medio de las cámaras ‘foto-rojo’ en semáforos.

«La crítica de toda resolución judicial es legítima. La descalificación personal del juez o magistrado que la dicta no lo es bajo ningún concepto», expresó el máximo órgano judicial autonómico a través de un comunicado.

En su escrito, el TSJ-CyL criticó las alusiones personales a la esposa del magistrado que el jueves realizó el alcalde de Valladolid, que expuso en una rueda de prensa que la mujer del magistrado ya acumulaba tres multas por saltarse semáforos en rojo en la ciudad.

Para el órgano judicial, estas alusiones personales son «inaceptables» y «solo descalifican a quienes las realizan».

Expresión de Puente

Asimismo, el comunicado reflejó la expresión utilizada el jueves por Puente de «no me pienso comer esta sentencia», que supone, según el TSJ-CyL, una «vulneración del principio constitucional de la separación de poderes», de ahí que recordó al alcalde que es de «obligado cumplimiento» acatar las resoluciones judiciales.

«La imposibilidad de recurrir una sentencia no es excusa para proferir exabruptos ni descalificaciones personales a una autoridad judicial y menos aún a cualquier miembro de su familia», argumentó el órgano.

De este modo, el TSJ-CyL ha considerado «malintencionada» cualquier declaración tendente a cuestionar la legitimidad del magistrado en el órgano jurisdiccional o de la decisión de la Sala de Gobierno del TSJCyL o del CGPJ.

En la sentencia, el magistrado considera que el Ayuntamiento «vulnera consciente y deliberadamente» la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas porque no notificó la denuncia a la conductora sancionada.

El juez duda además de la calidad de las imágenes del vehículo obtenidas por la cámara, que califica de «sorprendentes», y cree que las cámaras incumplen la Ley porque no hay ningún cartel que informe de su ubicación.

El magistrado también mantiene que las fotos obtenidas con dichos dispositivos no tienen valor probatorio porque no están sometidas a ningún control metodógico, y explica que los expedientes sancionadores son vagos, imprecisos y estandarizados, y que la respuesta a las alegaciones de los denunciados son igualmente inconcretas.

Por todo ello, desde el TSJ de la Comunidad han aclarado que la sentencia dictada «no afecta a la ciudad», sino que «advierte que el proceder municipal no es conforme a derecho». «Lo que sí afecta a los vallisoletanos es la actuación contraria a derecho de su propia Administración».

Finalmente, además de argumentar la sentencia a través de varios puntos, el órgano judicial ha apostillado, constituye una «manipulación inaceptable» la invocación de la seguridad vial por parte del alcalde de Valladolid para «justificar la imposición de multas al margen de la legalidad».

Sobre este comunicado del TSJ-CyL se pronunció el alcalde de Valladolid, quien defendió su «derecho a ejercer una opinión crítica» sobre una «sentencia aislada», al tiempo que lamentó que el TSJ-CyL «le atribuya declaraciones que no ha realizado».

Según el escrito difundido por el Consistorio, el alcalde niega haber realizado descalificaciones de tipo personal a ningún juez y «menos aún los exabruptos a los que alude el TSJ-CyL», ya que «el único que ha utilizado este tipo de expresiones es el propio Tribunal Superior de Justicia en el comunicado y el juez que emitió la sentencia incluyendo incluso juicios de valor».

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