Diario de León

Una doctrina de la UE permite absolver al etarra Gadafi

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha absuelto al exdirigente de ETA Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias ‘Gadafi’, por el asesinato en un barrio de Bilbao de un agente de la Guardia Civil que murió después de recibir cinco disparos por la espalda en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre otro preso de la banda, Javier Atristain.

En la sentencia de ayer, los magistrados de la Sección Segunda aluden al fallo del TEDH sobre Atristain, que concluyó que se restringió el derecho de acceso a un abogado de libre designación en las diligencias prejudiciales, sin que se aportaran motivos suficientes y relevantes para dicha restricción, que no se basó en una valoración individual de las particulares circunstancias del caso, sino de razonamientos de carácter general y por ser obligatorio por ley.

Y es que, en el caso particular de Gadafi —que fue juzgado en marzo— los jueces explican que «no aparecen recogidas en las actuaciones suficientes antecedentes de las condiciones en que se prestaron las declaraciones sumariales, ni del régimen de garantías que las acompañaron».

«Se tiene suficiente constancia de que lo fueron en régimen de incomunicación, tanto las policiales como las judiciales, pero sin que consten ni las resoluciones judiciales ni referencias suficientes a los razonamientos jurídicos contenidos en los autos de prórroga de incomunicación», reconocen los jueces.

El juez de la Audiencia Nacional que investiga si fue la cúpula de ETA la responsable de planear y ordenar el asesinato del concejal del Partido Popular en Ermua Miguel Angel Blanco tiene previsto desplazarse a Francia para interrogar a varios miembros de la Zuba, el máximo órgano de dirección de la banda terrorista.

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