Diario de León

Tribunales

El juicio que absolvió a un padre de abusos sexuales deberá ser repetido

El TSJ entiende que la sentencia no está suficientemente motivada y cambia de magistrados

Rampa de acceso a la sala de vistas principal de la Audiencia. RAMIRO

Rampa de acceso a la sala de vistas principal de la Audiencia. RAMIRO

León

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial deberá repetir el juicio celebrado contra un padre y un abuelo acusados de abusos sexuales sobre su hija y nieta respectivamente, que habían sido absueltos por la Sala al entender que no había pruebas de los hechos.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ordena que la vista se repita con nuevos magistrados. Es la segunda sentencia similar en un plazo de una semana, después de que el Tribunal Supremo corrigiese al Tribunal Superior en otra absolución a un acusado de un caso de violación ocurrido en León.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León estimó el recurso de la Fiscalía y revoca parcialmente la sentencia que decretó la absolución de un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija de 8 años. El TSJ confirma la absolución del abuelo de la menor, acusado también por abusos sexuales en el mismo juicio.

Otro caso

El Supremo corrigió también al TSJ por una violación en la que el acusado fue absuelto

Los magistrados explican que «así como se considera que con respecto abuelo la valoración de la prueba es suficiente para fundar su absolución, no ocurre lo mismo con respecto a la valoración de la prueba existente contra el padre».

«Consideramos que la motivación de la sentencia es insuficiente para alcanzar el pronunciamiento de absolución, ya que en primer lugar omite el razonamiento o valoración sobre algunas de las pruebas practicadas, en el sentido de si pudieran considerarse o no indicios que corroboran la versión de la víctima», dice el TSJ.

Por tal motivo, el Alto Tribunal anula la sentencia y el juicio que la precedió con respecto al padre de a menor.

Resolución

El Alto Tribunal mantiene la absolución para el abuelo de la menor, que no cometió delito alguno

También ordena la devolución de la causa a la Audiencia de León para que se proceda a dictar nueva resolución, tras la celebración de nueva vista, debiendo el tribunal estar integrado por magistrados diferentes.

El apartado de hechos probados de la sentencia inicial refleja que la menor estaba declarada por la Junta de Castilla y León en situación de desamparo, así como su hermano, y ambos bajo custodia de acogedora seleccionada por la Junta de Castilla y León, desde el 4 de julio de 2019, la niña comentó a su acogedora el día 29 de enero de 2019 que, en fecha que no pudo precisar, anterior en todo caso al 12 de enero de 2019, había sido objeto de tocamientos por parte de su abuelo en sus partes íntimas a las que aludida como «eso» o «ahí», mientras se señalaba su zona genital, lo que, según la niña, habría ocurrido en el domicilio de su abuelo paterno y en el salón de la vivienda; y que, en fechas que tampoco pudo precisar, su padre, la habría penetrado genitalmente, aludiendo la menor, en las distintas ocasiones en que ha relatado estos hechos, al miembro genital masculino como «eso» o como «con lo que hacen pis los chicos y que las chicas no tienen». Los hechos se declararon no probados.

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