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El Supremo beneficia a 50.000 coches leoneses con la sentencia sobre la ITV

Anula una trampa que obligaba a pasar la revisión dos veces en menos de un año

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Alrededor de 50.000 vehículos leoneses se beneficiarán de la sentencia del Tribunal Supremo por la que la fecha de renovación de la ITV se adopta en función del día en que se pasó realmente la revisión después del confinamiento y no de la cita inicial que tuvo que ser suspendida en muchos casos por el cierre de las estaciones.

El Supremo obliga a fijar los seis meses para los profesionales y el año o los dos años para particulares a partir de la revisión real. Las ITV aplicaban criterios que, por ejemplo en el caso de los taxistas, les llevaba a someterse a revisión incluso dos veces en el mismo mes, en algunos casos.

La orden aprobada por el Ministerio de Industria planteó un calendario flexible para poder pasar la revisión técnica en los próximos meses a todos los vehículos afectados por el cierre de las estaciones de ITV durante el estado de alarma para evitar de este modo que se colapsaran.

El sentido

La flexibilización de las fechas aprobada por Industria tenía trampa y hubo que corregirla

Sin embargo, la misma orden incluyó una trampa por la cual, contraviniendo el Real Decreto que regula la inspección técnica de vehículos en España, al pasar los vehículos la revisión se les pone en su ficha técnica, no la fecha del día que acuden a la ITV, sino la de la fecha en que les caducó durante el estado de alarma, recortando de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente.

A juicio de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) esta aberración, que afectó a más de cuatro millones de titulares de vehículos en toda España, resultaba absolutamente injustificable al no haber ningún motivo técnico o de seguridad que obligue a incumplir el Real Decreto y la Directiva europea que lo regula, más aun cuando por las restricciones en materia de movilidad por el estado de alarma el tráfico de vehículos se redujo hasta en más de un 90%.

Sorprendente

Pero es que además, esta «sorprendente» regulación originaba como consecuencia perversa y aberrante que aproximadamente cientos de miles de vehículos dedicados al transporte de mercancías y de viajeros, que por tener una determinada edad han de pasar la ITV cada 6 meses, con la regulación establecida en la Orden del Ministerio de Sanidad tenían que pasar dos veces seguidas la ITV en apenas unos días. En concreto, y conforme a los datos estadísticos publicados por la Dirección General de Tráfico, una cuarta parte de los vehículos afectados, en concreto un millón de vehículos de transporte (camiones, autobuses, furgonetas, taxis y ambulancias) estaban especialmente afectados por dicha medida..

El Tribunal Supremo, admitió los argumentos de Fenadismer para decretar su suspensión cautelar «ya que lo contrario hace perder su finalidad legítima al recurso», y que en este caso «están en conflicto no un interés público frente a un interés privado, sino solo intereses privados enfrentados: las concesiones de ITV y los titulares de vehículos», dice la asociación. .

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