Diario de León

RESPUESTA A LA DEMANDA ANIMALISTA

El TSJ suspende «desde ya» la caza hasta que se analice su impacto en las especies

Suárez-Quiñones califica esta decisión de «muy grave» por el perjuicio económico, ambiental y de seguridad ciudadana.

La Junta ya ha anunciado que recurrirá «de inmediato» el auto que cae en plena temporada de caza. JSA

La Junta ya ha anunciado que recurrirá «de inmediato» el auto que cae en plena temporada de caza. JSA

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maría carnero | león
León

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha vuelto a poner en entredicho la gestión medioambiental de la Junta en Castilla y León al suspender, de manera cautelar, el decreto que regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, atendiendo así a la demanda presentada por el Partido Animalista contra el Maltrato Animal (PACMA).

Esto auto supone la «suspensión desde ya, de todas las especies, —no sólo del lobo— en toda Castilla y León», explicó ayer el consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez -Quiñones, visiblemente molesto y preocupado tras este nuevo revés judicial, que ayer mismo le fue notificado.

Este decreto, que modifica el 32/2015 —tumbado también por decisión judicial— tiene como finalidad principal establecer qué especies pueden ser consideradas como cinegéticas, para incluirlas en la orden anual de caza.

Según el nuevo auto, al que ha tendido acceso este periódico, la Junta sigue sin aportar los estudios científicos requeridos que avalen de las especies consideradas como cinegéticas lo que puede ocasionar «daños de imposible o difícil reparación».

Recurso inmediato

El consejero, que ayer mismo anunció la inmediata presentación de un recurso, calificó de «muy grave» esta nueva resolución judicial que deja a Castilla y León en una situación «de indefensión». «Discrepamos de una forma total, absoluta y profunda al perjudicarse los intereses generales y no solo los culturales o tradicionales y económicos que pueda tener la caza, sino también los ambientales y seguridad de las personas», afirmó Suárez-Quiñones, que sostiene que «un exceso de fauna salvaje que produce daños y que la caza sirve para controlar a estas especies, generando además recursos económicos en los cotos», y añadió que la Junta «pude presumir de tener funcionarios, agentes medio ambientales y técnicos de todo tipo de cualificación y de primera categoría que han emitido informes muy relevantes sobre el estado de conservación de fauna salvaje».

Además, expresó que al TSJ no le «parece suficiente» que no solo existan informes públicos sino también de otras entidades externas y de asociaciones conservacionistas. «La Junta lo dictó para sustituir unos artículos anulados por la propia sala del TSJ y asumimos sus criterios interpretativos a pesar de que la sentencia está recurrida al Supremo, elaborando un nuevo decreto para ajustarlo a su interpretación. Parece ser que no ha sido suficiente desde el punto de vista cautelar», significó.

En el auto, la Sala reconoce la importancia que tiene la actividad de caza para Castilla y León desde un punto de vista económico y social. Por eso, considera, por un lado, los daños que pueden causarse por la suspensión del decreto y, por otro, los daños que pueden causarse a la fauna salvaje como consecuencia de la práctica de dicha actividad. En este sentido, concluye que «los daños para los intereses generales derivados de la suspensión del decreto pueden ser controlados por la Administración, mientras que el interés más sensible, más frágil y vulnerable y, por ello, más necesitado de protección es el de la conservación de la fauna silvestre».

Para ello se basa en que el ejercicio de la actividad de caza exige tener garantizado que la misma es posible en atención a los niveles poblacionales, distribución geográfica y tasa de reproducción de las distintas especies y, por lo tanto, que no se perjudique el estado de conservación de las mismas.

El auto recuerda que los artículos anulados en el anterior decreto, el 32/2015, fueron ponían de manifiesto la ausencia de estudios científicos, por lo que la administración contrató los servicios de una empresa externa para enmendar estas carencias y elaborar el nuevo decreto, el que ayer nuevamente suspendió el TSJ. Según el auto, para determinar el nivel poblacional de cada especie se ha consultado las guías regionales sobre aves y mamíferos de los años 2001 y 2005, por lo que «no son actuales». Además sentencia que «no consta que se hayan utilizado estudios científicos objetivos ya que el sistema de censo, seguimiento y estudio de tendencias de las especies cinegéticas en Castilla y León utilizado se nutre de una información recopilada para otros fines, y no específicamente para los fines a los que ha de servir el decreto», afirma el auto del TSJ.

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