Diario de León

TRIBUNALES

El TSJ obliga a Sacyl a pagar la terapia de una niña leonesa con hipoacusia

El fallo supone el reintegro de 11.190 euros tras 14 años de lucha por la prestación

Una niña escribe en un cuaderno de trabajo. DL

Una niña escribe en un cuaderno de trabajo. DL

León

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Una sentencia pionera abre las puertas a una avalancha de reclamaciones a Sacyl. El organismo público de la sanidad de Castilla y León tendrá que devolver 11.190 euros a una familia leonesa por los gastos en el tratamiento privado de logopedia y rehabilitación del lenguaje que debieron abonar por su hija diagnosticada de hipoacusia neurosensorial bilateral profunda.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma en su sentencia 9 de de mayo de 2.023 (779/2023) el fallo de Juzgado de lo Social número 3 de León —de marzo de 2022— que condenaba al Servicio Público de Salud a abonar los gastos.

La familia lleva catorce años de lucha, los que tiene la adolescente. «El importe de los gastos que ha ocasionado su terapia es muy superior, pero es la cuantía que se ha podido reclamar de acuerdo con los plazos y prescripciones», señaló el letrado José Luis Crespo Prada, que ha logrado el éxito.

La menor, nacida en octubre de 2007, sufre un trastorno del lenguaje comprensivo y expresivo , con retraso psicomotor, debido a la hipoacusia. En mayo de 2010, con dos años y medio de edad, fue operada para colocarle un implante coclear en el oído derecho y un audífono retroauricular en el izquierdo) en el Hospital Universitario de Salamanca.

Tras esta intervención, se recomendó a la familia solicitar tratamiento para la rehabilitación del lenguaje, rehabilitación auditiva, auditivo-visual y de la comunicación. La niña fue derivada al Hospital de León (Gerencia de Atención Primaria-logopedia) que a su vez se les remitió al centro escolar, el cual informó, a su vez, dada la gravedad de la situación, de la falta de recursos para poder tratar casos tan severos de sordera profunda como el de su hija.

La familia fue remitida a la sanidad pública, pero esta «no les dio ninguna solución», apunta su representante legal. Los padres de la niña decidieron iniciar el tratamiento por la vía privada «dada la urgente necesidad» al ser determinante en el desarrollo y aprendizaje de su hija.

El Tribunal Superior de Justicia considera que la demora en la prestación del tratamiento «pudo implicar un daño permanente e irreversible desde el punto de vista orgánico funcional, en la autonomía individual e integración social de la menor» explica el letrado. Considera que era un tratamiento «vital» para el desarrollo de la menor que la sanidad pública no le dispensa y cuya efectividad está justificada.

Esta sentencia pionera «puede provocar un abundante número de reclamaciones pues son muchas las familias afectadas en León a las que el servicio público de salud ha negado a prestar el tratamiento correspondiente remitiéndoles al ámbito privado», subraya el abogado.

Una consideración que extiende a los gastos por talleres de socialización y psicología individual. El tribunal destaca que «el lenguaje y la comunicación no solamente dependen de tener un buen aparato fonador, de tener y saber utilizar las cuerdas vocales» sino que son «parte de un todo, y por ello absolutamente necesarios, desde una perspectiva integral, para el fin último que es la rehabilitación del lenguaje de la menor».

La sentencia, que ya es firme al no anunciarse recurso de casación, tiene especial trascendencia por su repercusión en casos similares. «Se produce un cambio en la jurisprudencia actual y en consonancia con ello, a partir de ahora el Sacyl se ve obligado al abono de los gastos derivados de los tratamientos que son necesarios y se precisan en la vida de las personas que conviven con una discapacidad».

Crespo&Prada Abogados, despacho leonés que opera en toda España, ha hecho pública esta sentencia en su newsletter por la trascendencia del caso y con el ánimo de asesorar a cualquier persona que se pueda encontrar en una situación similar. «A partir de ahora, la Justicia, se pone del lado de los administrados y, por ende, Sacyl se ha de hacer cargo del abono de dichos tratamientos, de esta forma, se produce una asunción de los gastos por parte de la administración con el consiguiente beneficio para las personas afectadas con tal dolencia.

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