Diario de León

TRIBUNA | Otra vez con el diálogo

Publicado por
Isidoro Álvarez Sacristán | De la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
León

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Sobre esta materia ya nos ocupamos en varias ocasiones en estas mismas páginas al comentar el tema de Diálogo y Constitución, demostrando que en la Carta Magna no aparece el diálogo entre los valores superiores que la conforman. En otra ocasión y bajo el título de Justicia y Diálogo, nos referíamos a aquellos casos en que se decía: «he matado a tu padre, ahora vamos a dialogar». Es decir se cometía un acto delictivo, amoral o reprochable y se decía a la víctima que se prestara a dialogar para llegar a un acuerdo. Normalmente el precursor del diálogo es aquel que quiere imponer su propuestas, el que tiene menos razón y le interesa sacar provecho del otro. Pero, a pesar de ello, nosotros proponemos siempre —ante la fuerza— el diálogo. Pero hay que pensar que toda conversación debe de establecerse por medio de fondo y de forma.

El fondo ha de registrarse por cauces de simple humanidad, a través de lo que una sociedad civilizada tenga presentes los llamados Derechos Humanos o por decirlo con nuestra literatura jurídica Valores Superiores. Y hemos de decir que, quienes no están dispuestos a seguir las normas de la conversación razonada, tranquila y ajena a la violencia, son aquellos seres —políticos o no— huraños, introvertidos, asociales, en definitiva fuera del mundo solidario y civilizado. El diálogo pretende el equilibrio, se accede a los razonamientos eficaces y generalizados para el resto. Pone fin a divergencias. Para que sea eficaz es necesario que prime la razón frente los sentimentalismos, la inteligencia frente la torpeza. Lo dijo claramente, ya de antiguo, Anáxagoras: «Todas las cosas estaban confusas, luego vino la inteligencia y las puso en orden».

En estos días, se sigue hablando hasta la saciedad del diálogo político y, en estas mismas páginas, Álvarez de Paz abogaba por el diálogo, no obstante comenzando por denigrar y desprestigiar a los partidos políticos del centro-derecha (especial forma de iniciar un diálogo), para concluir que hay situaciones en la Constitución que «son revisables». Sentimos discrepar. Es cierto que la Ley de Leyes puede reformarse, pero existen unos valores que no pueden «dialogarse». Nos estanos refiriendo a los «Valores Superiores» del artículo 1º de la CE. Ellos son el pilar de toda construcción jurídica, legal o reglamentaria. «Propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político». Así reza el citado artículo; propugnar no es otra cosa que defender o amparar. De tal suerte, que tales valores son intangibles y se dicen «superiores» porque es imposible bajarlos de nivel, son preeminentes en las decisiones políticas, inviables de ser sometidos a transacción. La igualdad es innegociable y la libertad indivisible no sometida al adversario. Son, cuasi espirituales, no supeditados a transacción, como tampoco lo son los bienes espirituales, so pena de simonía. No solo son superiores «del» ordenamiento jurídico sino superiores «a» dicho ordenamiento, como ya preveía Alzaga en 1978.

La palabra diálogo no está en la Constitución. La que se repite varias veces es la de solidaridad. Es necesario que acuerdos y conclusiones se rijan por el principio de igualdad y solidaridad

 

Adolfo Suárez, el político que dirigió la generación —a la cual nos sumamos— que proclamó la amnistía y propició la democracia actual, dijo en una ocasión que «el diálogo es, sin duda, el instrumento válido para todo acuerdo pero en él hay una regla de oro que no se puede conculcar: no se puede pedir ni se puede ofrecer lo que no se puede entregar porque, en esa entrega, se juega la propia existencia de los interlocutores». Añadiríamos nosotros que se juega la libertad de los dialogantes, y la igualdad de los congéneres, amén de la propia existencia de la vida en convivencia. Seguro que con estas palabras se estaba pensando en el sabio precepto de nuestro Código Civil que en su articulado —y en varias ocasiones— se dice que las «condiciones imposibles o prohibidas por la ley», anularán la obligación o se tendrán por no puestas.

La palabra diálogo no está en la Constitución, es cierto. Pero la palabra que se repite varias veces es la de solidaridad; lo que quiere decir que aun suponiendo que se susciten controversias en las relaciones políticas entre connacionales, y se puedan solventar a través de una actitud dialogante, es necesario una premisa fundamental por la que se tengan en cuenta que las peticiones acuerdos y conclusiones, se rijan por el principio de igualdad y solidaridad, desde la legalidad del diálogo. El mismo Tribunal Constitucional lo ha dicho reiteradamente —sentencia de Pleno de 25 de marzo de 2014— «… velar porque los procedimientos que se desarrollen en el curso de este diálogo se ajusten a los requisitos exigidos por la Constitución». Más claro no se puede ser. Es decir, por un lado no se puede dialogar sobre valores superiores que no están disponibles por las partes, tales como la igualdad o la libertad, y por otro lado, no se puede discutir ni llegar a acuerdos cuyas conclusiones sean de contenido imposible de cumplir o vayan en contra de los Derechos Humanos, pues ontológicamente son indisponibles. Un diálogo que no comience con insultos y diatribas, y sí con ánimo de avenencia. Que no se centre en disparatadas peticiones o ilegales pretensiones. En fin que se sigan los versos de Mario Benedetti: «…así empieza el diálogo de la jornada/ la discusión, el trueque de rencores/ y de pronto el abrazo…»

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