La Audiencia reabre un caso de apropiación indebida

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León

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m. á. zamora | ponferrada

La Audiencia Provincial de León ha ordenado reabrir la instrucción de la causa abierta contra un ciudadano búlgaro residente en el Bierzo, al que se investiga por una presunta estafa de 53.000 euros. Se estima el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 17 de diciembre de 2018, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Ponferrada y se revoca dicha resolución como, también, el auto de 6 de abril de 2019 , resolutorio del recurso de reforma.

Relataba el denunciante que siendo socio con el denunciado de una empresa de obras, el denunciado, en documento privado de 11 de noviembre de 2018 le había vendido el 50% de las participaciones que le correspondía en dicha sociedad, pese a lo cual, frente a lo que habían convenido, no se presentó el día 15 de noviembre de 2018 ante el Notario para elevar a escritura pública la operación. Añadía el denunciante que, en tales circunstancias, comprobó como el denunciado había llevado y transferido a sus cuentas en Bulgaria el dinero de la empresa que ascendía a 52.500 euros en un momento en el que ya no tenia ninguna participación en la empresa.

Continuaba manifestando el denunciante que, pese a ello, mediante denuncia que interpuso en la Comisaria, pudo retrotraer las transferencias efectuadas por el denunciado. El Juzgado de Instrucción dictó el auto recurrido en el que acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones por considerar que no resultaba debidamente acreditada la comisión del delito que había dado lugar a la formación de la causa por cuanto el denunciado había devuelto las cantidades transferidas y, el denunciante, persistiendo en su convicción sobre el carácter delictivo de los hechos denunciados como, presuntamente, constitutivos de un delito de apropiación indebida, solicitó la revocación del auto recurrido y la prosecución de las actuaciones por el trámite de las Diligencias previas.

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«En el presente caso, si hemos de pasar por la única versión conocida hasta el momento, la del denunciante, fue por la iniciativa de este y no por la acción del denunciado como el primero de ellos recuperó unos fondos que consideraba suyos después de que el denunciado hubiera hecho lo posible, ordenando su transferencia para que terminaran en una cuenta suya particular. Así pues, ante la apariencia delictiva de los hechos denunciados y toda vez que por el Juzgado de Instrucción no se ha llevado a cabo ninguna clase de diligencia encaminada a verificarlos, parece necesario, para el mejor esclarecimiento de los mismos, que se recibía declaración al denunciado como investigado y se recabe de la entidad bancaria información».