Concluye que fue mal legalizado, dado que se ubica en un hábitat del urogallo
La Justicia anula en su totalidad el parque eólico de Espina de Tremor
El Juzgado nº 1 de León paraliza por segunda vez el proyecto de la empresa promotora
Vista de los molinos de viento del parque eólico.
El estudio jurídico Cordal ha dado a conocer que los tribunales han anulado totalmente el parque eólico berciano de Espina de Tremor, que fue reautorizado en 2022 en Igüeña. El Juzgado nº 1 de León paraliza por segunda vez el proyecto de la empresa promotora «por sus graves carencias evaluativas y efectos sobre el urogallo cantábrico».
«El parque eólico Espina, promovido por Naturgy, acaba de volver a ser declarado ilegal tras una decisión judicial de gran calado adoptada por el magistrado Oscar Rojas de la Viuda del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de León», dicen en una nota. Este complejo, ubicado a 80 metros de la zona protegida Red Natura 2000 en Espina de Tremor, ya fue anulado en 2017 por el Tribunal Supremo, y entró en funcionamiento en 2010 en las montañas de los Ayuntamientos de Igüeña y Villagatón. A pesar de que el parque cesó su actividad tras la Sentencia del Tribunal Supremo, la Junta decidió volver a autorizar su funcionamiento en una polémica decisión de 2022 que fue recurrida en los Tribunales por el Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica. Tras tres años de juicio, la decisión del juez viene a dar la razón a los ecologistas representados por el abogado Víctor A. Bayón.
«Esta importante decisión judicial concluye que el parque eólico fue mal legalizado por la Junta, dado que se ubica en un espacio que es hábitat potencial del urogallo cantábrico, población en Peligro Crítico de Extinción. La sentencia aprecia el peligro existente en esta zona, tras la aparición de un urogallo muerto a los pies de un molino en un parque vecino que se ubica a tan solo diez kilómetros del Parque Eólico Espina», señala el despacho jurídico.
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de León concluye que existían cantaderos de urogallo situados cerca del parque eólico Espina y que, coincidiendo con su construcción y puesta en marcha, disminuyó el número de cantaderos y el número de urogallos. De modo muy contundente el Magistrado critica que, a pesar de ello, no se ha hecho ningún estudio sobre la posible influencia del parque eólico en este descenso de la especie. Por último, la sentencia aprecia un posible fraude en la tramitación dado que el parque ha sido legalizado a nivel ambiental como si aún no estuviese construido cuando, en realidad, lleva construido desde 2010 y sin tener en cuenta los efectos negativos causados durante su funcionamiento ilegal en el pasado. Desde el Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica la valoración de esta sentencia no puede ser más positiva: «El juez ordena la paralización del parque eólico y la nulidad de todo el procedimiento administrativo, a empezar desde cero».