Modificada la ordenanza reguladora de las licencias urbanísticas

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m. á. c. | bembibre
León

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La sesión plenaria celebrada en Bembibre dio el visto bueno a una modificación de la ordenanza reguladora de licencias urbanísticas por la que se establece que el cálculo tributario para la última planta de los edificios que excedan de tres alturas no sea aplicado al bajo cubierta, si no a la planta inmediatamente inferior. Esta licencia de obra data de 1991 cuando se varió la ordenanza que estipulaba las tres alturas como construcción máxima en Bembibre. Según informaba Jesús Esteban, entonces se aprobó aceptar una altura más pero con una tasa superior al importe de las establecidas hasta esa fecha, un acuerdo que fue aceptado por los constructores. La nueva ordenanza estipulaba que la tasa superior se aplicaba a la «última planta», y la modificación aprobada ahora se deriva de una sentencia judicial que redujo al sesenta por ciento una tasa que aplicó el ayuntamiento en una obra, al considerarse que la última planta es el bajo cubierta «manifiestamente inferior en extensión que la última planta útil». Así pues la modificación aprobada, con el voto contrario de la oposición que entiende que «perjudica a los promotores de vivienda y es muy cara», estipula que «la licencia de obra de última planta no se aplicará al bajo cubierta, sino a la planta inmediatamente inferior. El pleno aprobó definitivamente las cuentas municipales del 2004, primer periodo en el que se ha aplicado el plan de saneamiento y que cuentan con un informe técnico del interventor municipal en el que se certifica que se ajusta a la realidad patrimonial.

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