Castilla y León descarta acudir al Fondo de Liquidez Autonómico

Herrera explicó que no se accede al FLA porque se desprecie o minusvalore este fondo, sino porque creen que Castilla y León es una comunidad solvente y su tesorería es positiva

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ICAL

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Finalmente, la Junta de Castilla y León no acudirá al Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) aprobado por el Gobierno central para que las autonomías puedan hacer frente a sus vencimientos de deuda, según anunció hoy el presidente del Ejecutivo autonómico, Juan Vicente Herrera.

Herrera explicó que no se accede al FLA porque se desprecie o minusvalore este fondo, sino porque creen que Castilla y León es una comunidad solvente y su tesorería es positiva, y no debe tener «ninguna dificultad» para colocar su deuda mediante el sistema bancario ordinario.

Anoche concluyó el plazo para que las autonomías comunicaran su deseo de sumarse al fondo. Hasta la fecha se han beneficiado de este mecanismo, dotado con 18.000 millones de euros, nueve comunidades autónomas: Cataluña, Castilla-La Mancha, Asturias, Baleares, Valencia, Cantabria, Andalucía, Murcia y Canarias.

El Gobierno central ha decido, además, mantener el FLA el año que viene, porque persistirá la imposibilidad de las comunidades de financiarse en el mercado, según han explicado desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La dotación del mecanismo en 2013 será de 23.000 millones de euros, y se financiará con deuda pública, según una enmienda al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 presentada por el PP en el Senado (la número 667).

Las comunidades tendrán que comunicar sus estimaciones de necesidades de recursos antes de final de año, para la mejor organización del calendario de emisiones del Tesoro Público. El Programa de Aplicación del Fondo de Liquidez, remitido a las comunidades el pasado 25 de septiembre, especifica que los importes percibidos por las mismas deberían destinarse obligatoriamente al pago de determinados conceptos.

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En primer lugar, hacer frente a los pagos de sus vencimientos de deuda pública, tanto de principal como de intereses. Posteriormente, las cuantías dirigidas a cubrir las necesidades de financiación del déficit público autorizado tienen como destino obligatorio el pago de proveedores.