Indemnización de 274.000 euros por un caso de amianto

El TSJCyL ratifica la demanda de la familia . de un trabajador que falleció en Burgos.

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Social de Burgos que condenó a una empresa a pagar 274.000 euros a un trabajador que resultó contaminado por el uso de amianto en los procesos de fabricación, aunque el hombre murió antes del fallo.

El sindicato UGT, según recoge la agencia Efe, informó ayer en una nota de prensa que la situación avala la petición de que se cree un fondo estatal para indemnizar a los trabajadores perjudicados por el contacto con amianto, con el objeto de evitar que la dilación de los procesos judiciales haga que las resoluciones lleguen tarde, como en este caso.

La sentencia de primera instancia, en la que ya se establecía esta indemnización se produjo en abril de 2013, pero el trabajador, ya jubilado, falleció en agosto del año pasado, y la resolución del recurso se ha producido hace unos días.

Aunque el amianto es un material que ya se relacionaba en la década de 1940 con ciertos tipos de cáncer, como el de pulmón que ha provocado el fallecimiento de este trabajador, se siguió usando durante varias décadas en sistemas de aislamiento y tejados, en el caso de España hasta su prohibición en 2002.

El secretario provincial de UGT, Roberto Gómez, explicó que el problema es que su efecto sobre las personas tarda muchos años en evidenciarse, por lo que se dan casos en los que las empresas ya no existen o los trabajadores tienen una edad muy avanzada

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha reconocido una indeminación de 274.960 euros a la familia de un trabajador de Prosider Ibérica que falleció a consecuencia del amianto. Según informaron fuentes sindicales, los familiares de Fernando García recibieron el pasado 13 de marzo, la notificación que condena a la empresa.

La sentencia declara como hechos probados que Fernando García estuvo expuesto al amianto «en niveles superiores a los permitidos por la normativa vigente sin que se hubiesen adoptado las medidas de prevención y protección exigibles», entre las que destacan la evaluación de riesgos, ventilación adecuada, reconocimientos médicos específicos, información y formación, según estableció el Juzgado de lo Social número 3 de Burgos, el 8 de abril de 2013.

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La sentencia ha suscitado «alegría entre los familiares de Fernando, así como, en el equipo de abogados y técnicos de prevención de la UGT, ya que confirma una de las más altas cuantías indemnizatorias para los afectados por el amianto en Castilla y León». Gómez recalcó que «el caso de Fernando es un caso que debe darse a conocer como ejemplo del alto grado de peligrosidad del amianto y lo relativamente poco que se necesita para desarrollar una enfermedad maligna a consecuencia de la exposición al mismo». Gómez denunció «lo complejo, laborioso y lento» que resulta llevar los casos de afectados.