A los empleados a tiempo parcial se les calculará la pensión según su jornada

El Gobierno quiere que el mínimo de años cotizados vaya en función de las cuotas.

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en una imagen de archivo.

Publicado por
a. estrada | (colpisa) madrid

Creado:

Actualizado:

El Gobierno tiene abiertos dos grandes problemas en materia de pensiones: el factor de sostenibilidad y el cálculo de la cotización de los trabajadores a tiempo parcial. Este último dilema le ha venido impuesto por las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional (TC) español que, en apenas cuatro meses, dictaminaron en contra de la norma española por discriminatoria, y es el que en estos momentos más quebraderos de cabeza le provoca.

El TC, en marzo de este año, declaró nulo el método empleado para calcular el tiempo cotizado de los trabajadores a tiempo parcial, ya que necesitaban trabajar muchos más años que un trabajador a jornada completa para cubrir los 15 años que se exigen para tener derecho a una pensión. El sistema consistía en dividir por cinco las horas trabajadas y el resultado multiplicarlo por 1,5. Teniendo en cuenta que ya se reducía la pensión contributiva a recibir en proporción a la parcialidad de su jornada, ambos tribunales se pronunciaron en contra.

Como los trabajadores a tiempo parcial son, en su mayoría, mujeres resulta especialmente perjudicial para ellas, por lo que el Tribunal de la UE sentenció en noviembre del 2012 que era contrario a las directrices comunitarias.

Así las cosas, y con un vacío legal en todo lo referente a la cotización del trabajo a tiempo parcial, la Seguridad Social dictó instrucciones para que, mientras se aprueba una nueva regulación, se contabilice un día trabajado independientemente de si se empleó una hora, cinco o siete. Pero es una solución meramente provisional.

La secretaría de Estado de la Seguridad Social ha despejado una primera incógnita y ha decidido que deberá modularse la exigencia de años cotizados que permita a este colectivo alcanzar el derecho a una pensión. Eso significa que, si a un trabajador a jornada completa se le exigen 15 años cotizados para cobrar una pensión, a un trabajador a tiempo parcial se le calcularía de forma proporcional a su jornada: si trabaja a media jornada se le exigirían en torno a siete años de cotización

Cargando contenidos...

No obstante, este factor de proporcionalidad introducirá probablemente alguna corrección sobre la pura operación matemática.El cambio en el peaje de años cotizados ha de ir acompañado de una modificación en el cálculo de la cuantía de la pensión para «no menoscabar el principio de contributividad del sistema». Para ello, se tendrá en cuenta la cotización individual de cada trabajador. La base reguladora responderá al promedio de las bases de cotización del interesado, y sobre ella se aplicará un coeficiente específico que module en función de las horas efectivamente trabajadas.