El deudor que se oponga a la recapitalizar será ‘presunto culpable’
El decreto establece la ‘presunción de culpabilidad’ en la fase de concurso para los empresarios que impidan u obstaculicen la recapitalización de la sociedad porque no quieran que entre en los órganos de decisión el acreedor. Se entenderá que eso ha ocurrido cuando un experto independiente así lo acredite y se le hubiera ofrecido al deudor un pacto de recompra.
Hasta ahora, la ley concursal establecía la presunción de culpabilidad en varios aspectos, pero relacionados principalmente con los administradores que gestionan la empresa. Sin embargo, la decisión de convertir deuda en capital corresponde a los dueños de la empresa y muchos son reacios a dejar que la banca o fondos de capital riesgo entren en su gestión.
Por otra parte, si, por efecto de la conversión de deuda en capital, el acreedor pasa a tener más del 30% de la sociedad, no estará obligado a presentar una OPA (Oferta Pública de Adquisición) por el resto de la compañía, salvo que luego siga aumentando su participación.
El decreto pretende actuar en la fase preconcursal, ante la evidencia de que tres de cada cuatro empresas que van a concurso acaban siendo liquidadas. Facilitar las refinanciaciones y recapitalizaciones de empresas es una medida que ha sido solicitada desde Bruselas, por las empresas y por la banca. No obstante, desde varios sectores se teme que lo que impulse esta norma sean las refinanciaciones de grandes empresas y no alcance a las pymes.