La AN resuelve que Telefónica pagó hasta 800 millones de más a Hacienda

La sentencia reconoce el derecho del operador a obtener las «pertinentes devoluciones»

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. JAVIER LIZÓN

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EFE

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La Audiencia Nacional ha estimado parcialmente un recurso de Telefónica, por el que reconoce el derecho del operador a obtener las pertinentes de devoluciones de las cantidades ingresadas en exceso a la Agencia Tributaria en 2009 y 2010, lo que podría suponer hasta 800 millones, más los intereses. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado, de este modo, la nulidad de las liquidaciones del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2009 y 2010 y reconoce el derecho del operador a obtener las pertinentes devoluciones de las cantidades ingresadas en exceso, además de los intereses en un sentencia, que no es firme, y a la que ha tenido acceso la Agencia Efe.

La sentencia de la Audiencia Nacional, con fecha de 29 de octubre, y que fija un plazo de un mes para recurrir, no detalla la cuantía económica a devolver, pero algunas fuentes conocedoras del caso cuantifican en hasta 800 millones de euros más intereses, si finalmente se diera toda la razón a Telefónica en sentencia firme, según han explicado a Efe. El fallo reconoce así el derecho del operador «a obtener las pertinentes devoluciones (adicionales a las ya obtenidas) de las cantidades ingresadas en exceso en los ejercicios 2009 y 2010», además de los intereses de demora.

Según la sentencia, la compañía fijaba en 1.588 millones de euros el principal del impuesto pagado de más, de los que Hacienda ya ha devuelto 702 millones por otra sentencia anterior.

El litigio entre la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria y Telefónica parte de si procede la compensación o no de determinados créditos fiscales derivados de bases fiscales negativas, conocidas como BIN, generadas en 2002 y 2004, en relación con los impuestos sobre sociedades de los ejercicios 2009 y 2010. Las BINS se habían originado en 2002 y 2004 pero no fueron reconocidas por Telefónica hasta la finalización de los correspondientes procesos judiciales.

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La Agencia Tributaria efectuó inspecciones fiscales en los ejercicios 2009 y 2120, que se cerraron con discrepancias sobre el criterio de utilización de las bases imponibles negativas, ya que Hacienda consideró que estas eran inferiores a las estimadas por la teleoperadora. Por ello, Telefónica firmó un acta de disconformidad e interpuso en 2015 diversos recursos ante el Tribunal Económico-Administrativo Central. La resolución del TEAC estimó parcialmente en 2019 los recursos de Telefónica por las cantidades pagadas en exceso.