Un millón y medio de ocupados firman más de un contrato fijo al mes

La reforma laboral no logra frenar la proliferación de contratos fijos de corta duración

María Jesús Montero, Yolanda Díaz y Sara Aegesen.efe

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Agencias
Madrid

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«No sólo se trata de crear empleo, también de que éste sea de calidad», afirmó a principios de febrero Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, tras conocerse los datos de paro y contratación registrados en el Sepe. Desde su departamento se celebró que cuatro de cada diez contratos firmados en enero fueran indefinidos, cuando antes de la reforma laboral de 2022 «no se alcanzaba el 10%». Sin embargo, la realidad muestra que ahora el concepto de contrato indefinido ya no es necesariamente sinónimo de estabilidad. Solo en enero 26.360 trabajadores firmaron más de un contrato indefinido y, desde la entrada en vigor de la reforma, 1,5 millones de ocupados han rubricado más de uno en el mismo mes. Aunque la nueva norma laboral impulsada en la pasada legislatura ha desplomado el peso de los contratos temporales en el conjunto del mercado de trabajo, con el paso del tiempo se ha ido configurando la figura del denominado «falso indefinido», sin que ello haya supuesto una corrección significativa de la elevada rotación laboral, que continúa siendo una de las principales debilidades estructurales del empleo en España. En todo 2025 se registraron 15,6 millones de contratos en las bases del SEPE, de los que 6,4 millones fueron indefinidos, el triple que en 2021, cuando se firmaron 2,1 millones de estos contratos de un total de 19,3 millones. En aquel año esta modalidad apenas representaba el 10,9% del total, lo que pone de relieve que el cambio introducido por la reforma laboral ha sido, en buena medida, de carácter estadístico. Mientras el peso de los contratos indefinidos aumentaba, su duración media se reducía de forma notable. La semana pasada, Valentín Bote, director de Randstad Research, recordaba que seis de cada diez contratos indefinidos no superan el año de duración, cuando antes de la reforma ese mismo porcentaje sí lo hacía. Un cambio que puede explicarse por la no superación del periodo de prueba, por abandonos voluntarios en empleos poco atractivos o porque, como apuntó Bote, «muchas empresas están utilizando estos contratos para cubrir puestos o circunstancias excepcionales», algo que antes se hacía con un contrato temporal. Pero la reforma laboral limitó de manera significativa el uso de estos contratos y priorizó los indefinidos y los fijos discontinuos. Se eliminaron modalidades como el contrato por obra y servicio y el eventual tradicional, permitiendo la contratación temporal únicamente por circunstancias de la producción o por sustitución. Esta tendencia se refleja también en la duración efectiva de los contratos firmados. En 2025 el 27,27% tuvo una duración igual o inferior a 15 días y el 34,75% no superó el mes. Aunque estas cifras son inferiores a las previas a la reforma —cuando en 2019 casi el 39% de los contratos duraba menos de un mes-, muestran que una parte muy significativa de la contratación sigue concentrándose en relaciones laborales de muy corta duración.

El análisis por sexo evidencia, además, diferencias persistentes. En 2025 el 35,43% de los contratos firmados por mujeres no superó el mes de duración, frente al 34,16% en el caso de los hombres. La brecha se amplía en los contratos más breves: el 27,84% de los contratos femeninos tuvo una duración igual o inferior a 15 días, frente al 26,77% de los masculinos, lo que apunta a una persistente desigualdad en la calidad del empleo. Parte de esta rotación puede estar relacionada con el papel del periodo de prueba en el actual marco regulatorio. Durante este tiempo, la relación laboral puede extinguirse sin necesidad de justificar la causa ni generar derecho a indemnización. Aunque la legislación fija límites máximos —dos o seis meses según la categoría profesional-, su aplicación varía de forma significativa entre sectores y convenios. En cualquier caso, la Directiva 2019/1152 establece un máximo de 180 días, un aspecto que ha situado a España bajo el escrutinio de la Comisión Europea. En esta misma línea, algunos análisis independientes sostienen que la reducción de la temporalidad registrada tras la reforma responde más que nada a un ajuste normativo.

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La duración efectiva de los contratos: En 2025 el 27,27% tuvo una duración igual o inferior a 15 días y el 34,75% no superó el mes