Los hasta ayer copresidentes del Banco Zaragozano pagarán más de 25 millones de euros a los estafados
Los «Albertos», condenados a tres años de cárcel por el caso Urbanor
Los «Albertos», apelativo con que se conoce a los hasta hoy copresidentes del Banco Zaragozano, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, entrarán en
Imágenes de archivo de Alberto Cortina y Alberto Alcocer, condenados ayer por el Tribunal Supremo
La primera consecuencia de la sentencia que ayer dictó el Tribunal Supremo, en la que fija tres años y cuatro meses de cárcel, fue la dimisión inmediata de los «Albertos» de la presidencia del banco, del que poseen un 40% del capital. La resolución condena a ambos primos a cumplir tres años y cuatro meses de prisión y a una multa de 6.000 euros por falsificar documentos y estafar a sus socios en la operación de venta de terrenos, acordada a finales de 1987 con los representantes del grupo KIO, el principal ente de negocios de los jeques kuwaitíes en el extranjero. La condena supone que ambos empresarios tendrán que ingresar en prisión en las próximas semanas, cuando se ejecute la sentencia, ya que la suma de las penas impuestas es superior a los dos años de prisión y cuatro meses, que es el límite por debajo del cual es posible eludir, con la autorización judicial, la entrada en la cárcel para quienes no tienen antecedentes delictivos. La sentencia también establece que Cortina y Alcocer, a partes iguales, tendrán que pagar a sus ex socios, sobre todo los grupos de empresas Astor y San Martín, los casi 24,5 millones de euros que les estafaron hace 16 años, más los intereses de demora desde que se inició el procedimiento penal, más el mismo interés incrementado en dos puntos desde el 14 de marzo del 2003 hasta que satisfagan la deuda. En el caso de que los condenados no paguen el total de la indemnización, el tribunal declara responsables civiles subsidiarios a Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), empresa de la que eran consejeros delegados en el momento de la estafa, y a Corporación Financiera Hispánica SA, entidad propiedad al 100% en 1987 de FCC y de los dos condenados. La Audiencia Provincial de Madrid ya había considerado en enero del 2001 a los «Albertos» autores de los delitos de falsificación documental y estafa, pero no les impuso pena alguna por considerar que los hechos habían prescrito cuando sus ex socios, en 1993, presentaron la querella criminal contra ellos. El Supremo, sin embargo, señala que la querella se presentó formalmente un día antes de que terminase el plazo de prescripción de los delitos, por lo que ambos empresarios eran totalmente responsables de sus actuaciones ilegales al paralizarse ese día el período de prescripción de cinco años que establece la ley. La estrategia de la estafa fue engañar a los accionistas minoritarios con el precio que KIO estaba dispuesto a ofrecer por los terrenos para lograr que su parte se pagase lo mejor posible y para quedarse con la diferencia entre el dinero que pagaban a los minoritarios los kuwaitíes y el valor que ellos les dirían que habían pactado.