Hay que superar dos pruebas de aptitud para poder obtener la licencia
Para obtener licencia para la tenencia y uso de las armas largas rayadas para caza mayor o de escopetas y armas asimiladas, se establece la exigencia de superar las pruebas de capacitación que determina el Ministerio del Interior sobre conocimiento de las armas, su cuidado y conservación (prueba teórica), conocimiento del Reglamento de Armas (prueba teórica), habilidad para el manejo de las armas y su utilización (prueba práctica).
En el caso de las licencias D ó E los interesados deberán superar las dos pruebas de capacitación, una teórica y una práctica, que serán evaluadas por la Guardia Civil. De igual forma los menores que deseen obtener la Autorización Especial de armas para menores (AEM) deben superar las mismas pruebas.
Además las pruebas de capacitación serán aplicables, a las primeras autorizaciones por parte de extranjeros y españoles, mayores de 18 años, que tengan su residencia fuera de España, para uso de armas largas rayadas, y de escopetas y armas asimiladas, para la caza o concursos. Quedan exentos los que tengan su residencia en cualquier país de la Unión Europea y acrediten estar en posesión de licencias que habiliten para la tenencia y uso de dichas armas, expedidas en los países en que residan.
Quedarán exentos igualmente de realizar las pruebas quienes posean o hayan poseído licencias de armas A, o en su caso, licencias de armas D, E, o F, para las armas correspondientes.
Cada una de las pruebas dará lugar a la calificación de apto o no apto. Los resultados se consignarán en el acta de las pruebas de cada convocatoria redactada por el Tribunal de capacitación.