UNA CONSTRUCCIÓN POLÉMICA
El Tribunal de Cuentas critica la tramitación del nuevo edificio del INSS
En su informe de fiscalización lo pone como ejemplo de un «excesivo grado de discrecionalidad».
m.c.c. | león
No cuestiona la adjudicación, en la que no entra, pero sí la tramitación. El informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas sobre las contrataciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social entre los años 2006 y 2009 pone como ejemplo de lo que no debe hacerse a la hora de contratar con la Administración el contrato de demolición y posterior construcción del edificio del INSS en el paseo de la Facultad de la capital leonesa.
En un extenso informe de 57 páginas, publicado el pasado 4 de mayo en el Boletín Oficial del Estado, tras su aprobación por la Comisión Mixta del Parlamento, el Tribunal de Cuentas critica que varios contratos de servicios, casi todos ellos para la redacción y dirección de proyectos de obras, no detallaron adecuadamente «el contenido o la forma de valoración de los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependía de un juicio de valor». En ese sentido, explica que el contrato para la redacción del proyecto básico y de ejecución y para la dirección de las obras de demolición y posterior construcción del edificio de la Dirección Provincial del INSS en León incluyó como criterios objetivos de adjudicación, entre otros, «el anteproyecto, la solución técnica y economía de la obra».
A esos criterios, añade, asignó un máximo de 55 puntos sobre un total de 100 de puntuación posible, que fueron distribuidos de la siguiente manera: a la «solución técnica» el pliego le asignó una puntuación máxima del 40%; al «desarrollo del programa de necesidades», hasta el 35%, y al grado de desarrollo de la «estimación económica» de la obra, un máximo de hasta el 25%, sin que el contrato estableciera «ninguna otra precisión al respecto y sin concretar el método para distribuir la puntuación máxima asignada a cada uno de los citados criterios», tal y como establece la Ley. «Por tanto, y como consecuencia de dicha imprecisión —insiste el Tribunal de Cuentas en el informe—, la Mesa de Contratación concretó «a posteriori» los aspectos específicos de estos criterios que fueron objeto de valoración, como, por ejemplo, el diseño del edificio, la presentación y el grafismo o la calidad de los materiales empleados, lo que restó transparencia al procedimiento, al no estar incluidos con carácter previo para conocimiento de todos los posibles licitadores. La «insuficiente concreción» de los criterios objetivos de adjudicación ha sido reiteradamente criticada por el Tribunal de Cuentas en anteriores informes de fiscalización, por introducir «un excesivo grado de discrecionalidad», añade el documento.
En este caso de León, también critica el mismo contrato porque la Mesa de Contratación acordó, por unanimidad, continuar la tramitación del procedimiento de licitación «a pesar de que fue abierto, por error del propio INSS, el sobre que contenía la oferta económica presentado por una de las empresas licitadoras, según consta expresamente en el acta nº 99/2007, de fecha 8 de noviembre de 2007, de la propia Mesa de Contratación». A juicio del Tribunal de Cuentas, el INSS debió haber anulado el procedimiento de licitación, «al haber sido incumplido, aunque fuera por error o por negligencia de la propia Administración, el requisito relativo al mantenimiento del carácter secreto de las proposiciones hasta el momento de la licitación pública».
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del pasado 15 de marzo de 2017 y a la vista del informe, acordó instar al Gobierno a «acabar con la cultura del modificado en la contratación de obra pública» y «extremar la diligencia en la planificación y preparación de los contratos de obras así como el rigor mostrado en la supervisión y el control de su ejecución».
Al nuevo edificio del INSS le pilló de lleno la crisis y fue adjudicado años después por un precio mucho más bajo.