UNA NUEVA PROBLEMÁTICA QUE COBRA VIGOR CON FUERZA
Las imprudencias salen muy baratas
Las víctimas de accidentes de tráfico con resultado de homicidio imprudente reclaman que se endurezcan las penas y que no se suspendan los ingresos en prisión que establecen las condenas.
Las víctimas de los homicidios imprudentes sufren situaciones de indefensión.
MIGUEL ÁNGEL ZAMORA | LEÓN
Las víctimas de los accidentes de tráfico que deparan como resultado homicidios imprudentes reclaman el endurecimiento de las penas que establece el Código Penal y sobre todo, la eliminación del beneficio que supone la suspensión del ingreso en prisión cuando la condena es inferior a dos años y se resarce a la víctima o a su familia con las indemnizaciones correspondientes.
Tras la modificación de la regulación vigente hasta el año 2015, la legislación establece penas de entre uno y cuatro años de prisión para los casos de imprudencia grave y la retirada del carné de conducir por un periodo de entre uno y seis años.
La pena se convierte en una multa de entre tres y dieciocho meses cuando se trata de casos menos graves y el delito previsto en este apartado sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Los especialistas consideran que las imprudencias de estas características no comportan castigos proporcionales al daño que causan a las víctimas. «Hay personas que pierden a un familiar y se encuentran por la calle con el causante del accidente al poco tiempo. Es dolorosísimo», señalan desde la Asociación de Víctimas de Accidentes de Tráfico. «Tienes la sensación de que hay delitos que salen gratis o casi», aseguran las fuerzas policiales cuando se les consulta este tipo de casos. Bartolomé Vargas, Fiscal de Sala de Seguridad Vial considera que a la respuesta penal hay que unir también «una apuesta fuerte en prevención y educación»; así como de mejora de los puntos negros y de las señalizaciones en la carretera.
CASO SIGNIFICATIVO
León está a la espera de la sentencia de un caso especialmente significativo en esta materia, juzgado en Penal 1 el pasado día 1 de diciembre. Un conductor que en agosto del año 2010 inició una huida, perseguido por la Policía Local a la salida de un establecimiento comercial en el que se sospechaba que había robado, fue juzgado porque en su camino de fuga se produjo un accidente de tráfico que concluyó con otro conductor muerto y dos policías heridos de extrema gravedad. El Ministerio Público solicitó una pena de un año y ocho meses de prisión y una multa de 99 euros, después de que la compañía aseguradora del vehículo del sospechoso se hiciese cargo de las indemnizaciones. El pasado viernes todavía no se había firmado la sentencia de este caso. El acusado en este proceso, volvió a ser detenido un mes después de aquellos hechos por la Policía Local, por otro robo en un segundo centro comercial, donde repitió el mismo modo de obrar.
«Cuando a consecuencia de una infracción del deber de cuidado se producen diversos resultados, con el Código Penal actual estos casos dan lugar a la aplicación de la teoría del concurso y si existe una unidad de acción, es decir, si mediante la misma conducta se producen varios resultados tipificados individualmente, existirá un supuesto de concurso ideal», explica el especialista Rodríguez Ramos.
Evidentemente la muerte de otra persona puede cometerse por imprudencia, por haber el sujeto infringido el deber objetivo y subjetivo de cuidado que era exigíble, pero ahora, si esa falta de cuidado ha sido “leve” no es delito ni delito leve.
Existe también el homicidio culposo, que contrapone la culpa al dolo, esto es cuando se produce una muerte sin que exista dolo, pero si se puede apreciar imprudencia, se le puede llamar homicidio por culpa.