TRIBUNALES
El jubilado que pagó 2.600 euros por un crédito inicial de 1.100
Entrada a la sala de vistas de la Audiencia Provincial.
Un hecho similar se registró recientemente en Logroño, donde un demandante, ya entonces jubilado con 69 años, contrató en una estación de servicio una tarjeta similar. No la usó durante dos años hasta que el demandante la utilizó por primera vez para pagar un repostaje de 38,20 euros en enero del año 2008. A partir de ahí, recibió una llamada telefónica a su domicilio donde se le recordaba que tenía a su disposición un crédito al consumo y que podía disponer desde ya de 1.110 euros que le transfirieron a su cuenta bancaria.
El usuario utilizó únicamente otras tres veces más la tarjeta para repostajes y, desde enero del 2008, comenzó a anotar en su cuenta bancaria apuntes de pago mensuales por importes regulares de algo más de 30 euros para hacer frente al crédito. Continúo pagando, mes a mes y durante casi diez años, las cuotas, que fueron rebajándose poco a poco hasta los 20 euros en el 2013 y los 18 euros ya en el año 2014, a medida que iba disminuyendo el importe del préstamo.
Pasados nueve años, se puso en contacto con ‘Wizink Bank’ para preguntar cuándo iba a terminar de pagar por aquel préstamo que, mes a mes, goteaba en su cuenta corriente. Entonces supo que, para entonces, había abonado ya 2.651 euros por aquel préstamo de 1.110 euros y solicitó que se anulase el contrato.
El usuario se encontró con que, a la primera cuota impagada, se le empezaron a girar cargos mensuales de 35 euros, de forma que hasta la sentencia, y después de casi diez años de pagos, debía a la entidad financiera todavía 587 euros, es decir, más de la mitad del crédito al consumo inicial.