La Audiencia cierra con la absolución el caso de los abusos sexuales del Colegio San Isidoro en León
Dictamina que no hay condena porque entiende que las relaciones habían sido consentidas
Lugar en el que ocurrieron los hechos.
La Audiencia Provincial considera que el incidente denunciado por varias alumnas del Colegio Mayor San Isidoro, una de las cuales acusaba a un compañero de residencia de un delito de violación en diciembre de 2022, fue en realidad una relación sexual consentida, por lo que absuelve al sospechoso, que se enfrentaba a una pena de cuatro años de prisión. El asunto deparó un notable revuelo en la comunidad universitaria leonesa en su dia y concluye con una sentencia absolutoria que cierra el caso.
El procesado y la denunciante quedaron para salir de fiesta la noche del 1 de diciembre y estuvieron tomando consumiciones en tres establecimientos de la capital. De vuelta al colegio mayor, el investigado entró en la habitación de la joven y tras estar hablando un rato con ella sentados en la cama, de común acuerdo, mantuvieron relaciones sexuales con penetración, sin que el muchacho se pusiera preservativo, resultando que al eyacular, parte del semen quedó dentro de la vagina de la afectada.
Tras mantener la relación sexual, se bajó a la habitación de un amigo y posteriormente, a dicha habitación llegó la víctima, preocupada porque no encontraba su teléfono móvil. Sin embargo, se quedó más tranquila una vez que, con la aplicación del iPhone, se localizó el mismo dentro del colegio.
Al día siguiente, ante el temor de la joven de haber quedado embarazada, acudió a una farmacia y se tomó la pastilla para evitar un embarazo no deseado. En esos días los dos jóvenes se enviaron varios mensajes en los que ella manifestaba su malestar con él por haber finalizado la relación sexual completa sin protección, porque no se acordaba de lo que había sucedido esa noche, desde que salió del tercer pub hasta que se encontró al sospechoso encima de ella, manteniendo sexo en su habitación, a la que sus amigos habían dicho que subió sola.
No ha quedado acreditado que la denunciante estuviera en un estado de intoxicación etílica tal que le hubiera impedido prestar su consentimiento para mantener relaciones sexuales con el acusado. ni tampoco que hubiera consumido alguna otra sustancia que pudiera haber anulado total o parcialmente de manera relevante sus facultades para consentir las relaciones sexuales. Tampoco era la primera vez que ella, tras ingerir algunas consumiciones con alcohol, sufría lagunas mentales y no se acordaba al día siguiente de parte de lo sucedido la noche anterior.
Durante el juicio oral, un amigo de la joven no apreció que ni en los bares ni en el trayecto de vuelta, la joven estuviera especialmente afectada por el consumo de alcohol ni que hubiera necesitado algún tipo de ayuda para dirigirse andando desde la zona de copas hasta el Colegio Mayor y subir a su habitación.
Los días siguientes a los hechos, preocupada al no recordar nada de los que había sucedido, ella estuvo indagando de sus amigos si había tenido algún acercamiento al procesado que hubiera justificado haber terminado manteniendo esa noche sexo con él sin protección. Según los testigos, solo relató preocupación por haberse quedado embarazada o poder contraer alguna enfermedad sexual, pero no dijo nada de que la relación no hubiera sido consentida o que, en ese momento, no se encontrara por el consumo de alcohol en situación poder prestar su consentimiento para mantener relaciones sexuales, sin que ninguno de los amigos a los que le comentó lo sucedido, percibiera acometimiento por la fuerza.