Ordenan repetir el juicio que absolvió a un leonés acusado de lesionar a dos policías
La sentencia, dictada por una jueza sustituta, no tuvo en cuenta testimonios de total relevancia
Banquillo de los acusados de una sala de vistas.
La Audiencia Provincial de León ha ordenado la repetición de un juicio en el que se absolvió a un hombre acusado de agredir a al menos dos policías que acudieron a la llamada de un restaurante, al que se negaba a abonar el importe de un banquete.
El relato inicial detallaba que el acusado se encontraba, junto con su familia, el día 3 de junio de 2023 celebrando la comunión de una de sus nietas en un restaurante, cuando se presentaron en el lugar dos agentes de Policía Local comisionados para acudir a dicho establecimiento, al comunicar los dueños del mismo que unos clientes no querían abonar lo consumido (seis consumiciones que quedaban pendientes) y estaban causando problemas, pagando finalmente dichas cantidades, pese a lo cual continuó la discusión. La jueza sustituta detalló que el sospechoso fue detenido «cuando comenzó a caminar por el carril de la zona, buscando a su hija pequeña y tras negarse a abandonar la vía».
El Palacio de Justicia estima el recurso presentado por el Ministerio Fiscal, para quien la sentencia no hace una correcta valoración de la prueba. «En la declaración el acusado reconoce que hay una situación en la que él y los responsables del restaurante discuten alterados por el pago o no de unas consumiciones al acabar el banquete». Esa situación, «ese estar causando problemas», como dicen los responsables del restaurante, motivó la llamada a los policías municipales.
Todos los agentes intervinientes fueron coincidentes en sus declaraciones, las reiteraron en el juicio «y no incurren en contradicciones: relatan el motivo de su intervención: el aviso del restaurante, la situación con al que se encuentran, su intento de mediación en el problema, la actitud renuente y obstativa del acusado a sus indicaciones, el que al primer agente le da un manotazo cuando intenta sacarlo, el nuevo intento de entrar en el local y el forcejeo con el otro agente», dice la Fiscalía.
HERIDAS EN LAS MANOS
Las lesiones de ambos corroboran su relato, con heridas leves en las manos durante la intervención. «Incluso los agentes que llegan después tienen lesiones leves cuando intentan que el acusado abandone la carretera por la que se encontraba paseando y causando un claro peligro para él mismo y vehículos que circulaban por ella». El acusado profirió en varias ocasiones insultos contra los agentes («¡Imbéciles, gilipollas...!»). Los hechos no fueron calificados como atentado «porque se ha entendido que la situación en la que se encontraba el acusado es más propia del delito de resistencia», algo que es evidente porque reiteradamente desobedece todas las indicaciones de los agentes dentro, fuera del restaurante y en la calzada, «que si se hubiera manifestado de forma más grave incardinaría el hecho en el atentado». Las magulladuras de los agentes, además, «son indicativas claramente de esos forcejeos que tiene que mantener con el acusado». Así que la Audiencia determina la repetición del juicio, la anulación de la sentencia y celebrar una nueva vista oral con un juez distinto. No impone costas procesales y las declara de oficio.