En manos del Constitucional
El Magistrado Presidente manifiesta en la sentencia que no es de su competencia determinar si el registro que se practicó en el domicilio del imputado vulnera los derechos constitucionales
El recurso de amparo presentado por la defensa del imputado ante el Tribunal Constitucional, se encuentra en proceso de estudio, a la espera de su resolución. La letrada del ahora condenado entiende que el registro domiciliario que practicó la policía en casa del sospechoso, al día siguiente de su detención, y en el que se encontraron las principales pruebas incriminatorias, vulnera derechos fundamentales de la persona, por no estar suficientemente justificada la orden judicial. Tres veces rechazado El fallo explica que en tres oportunidades, 11 de abril, 24 de julio y 31 de octubre del 2006, se han dictado autos y resoluciones contrarias. «La competencia del consiguiente pronunciamiento y efectos es exclusivamente del propio Tribunal Constitucional, lo que en modo alguno consta que haya tenido lugar. Es pues patente que el Magistrado Presidente carece de competencia para resolver sobre la posible nulidad de la entrada domiciliaria que ha planteado en el acto del juicio oral el letrado defensor».