Valencia de don juan
El Ayuntamiento regula la instalación de terrazas en la calle
La ordenanza prevé sanciones de hasta 3.000 euros y prohíbe eventos en la vía.
Imagen de la calle Mayor de Valencia de Don Juan esta misma semana.
El Ayuntamiento de Valencia de Don Juan aprobó el pasado 5 de noviembre una nueva Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas y Otros Elementos Auxiliares de Uso Público. La propuesta salió adelante con los votos favorables del equipo de Gobierno del PP y del concejal de Ciudadanos.
El PSOE se abstuvo alegando que «aunque creemos que es necesaria, pensamos que no es normal que ahora se apruebe la ordenanza reguladora y en un mes tengamos que traer a pleno la ordenanza fiscal», señaló el portavoz socialista, Jorge Mateos. Además añadió que no ha existido consenso en su elaboración.
El concejal del área en el Partido Popular, José Jiménez, aseguró que «yo también creo que es una ordenanza necesaria, buena y muy completa». Y alabó el trabajo de los técnicos implicados en su redacción.
En términos similares se manifestó el representante de Ciudadanos, Ignacio Alonso.
Amplio articulado
La nueva ordenanza tiene un amplio articulado en el que se especifican desde las definiciones de cada mobiliario hasta las condiciones o sanciones. En este apartado cabe reseñar que la nueva norma municipal prevé multas de hasta 3.000 euros para las infracciones muy graves entre las que están la comisión de tres infracciones graves en un año y la ocultación, manipulación o falsedad en los datos o de la documentación aportada para la obtención de la licencia.
En general, la ordenanza autoriza a colocar terrazas a los establecimientos hosteleros en su fachada o en otras colindantes siempre que tengan autorización expresa de sus propietarios. Todo ello permitiendo la libre circulación de personas o del tráfico, en su caso. El articulado contempla decenas de circunstancias y su aplicación concreta. También habla de las estructuras fijas. E incluso considera una infracción leve «la falta de ornato e higiene o limpieza diaria de la instalación o de su entorno».
Además, la ordenanza prohibe, salvo autorización expresa, la celebración de cualquier espectáculo o actuación musical en las terrazas. Tampoco se podrá instalar altavoces o cualquier amplificador de sonido, parrillas o barbacoas, ni el cocinado de alimentos, frigoríficos, máquinas expendedoras, de juegos o similares.