TRIBUNALES
La Audiencia de Asturias anula el juicio de La Camocha
Ve «falta de imparcialidad» en la jueza que condenó al leonés Ángel García Brugos
Mina la Camocha. ISAAC RUBIO
dl | león
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias ha declarado nulo el juicio del caso Camocha, que condenó a cinco directivos de Mina La Camocha, entre ellos el empresario minero leonés José Luis García Brugos, a nueve años de cárcel y a una multa de 16,17 millones de euros, por fraude en las subvenciones recibidas por la conocida explotación minera gijonesa. La sentencia, según recoge La Nueva España, considera que los acusados no gozaron de un proceso judicial «con las garantías necesarias» a causa de la «falta de imparcialidad de la juzgadora».
La decisión del tribunal proporciona una nueva vuelta de tuerca a un proceso legal que supuso 15 años de investigación policial y de instrucción judicial, y obliga a repetir el juicio en fecha por determinar. El dictamen no conlleva la absolución de los acusados, pero sí quedan anulados los hechos probados en la sentencia que dictó en noviembre de 2014 la jueza Rosario Fernández Hevia.
El diario asturiano asegura que la sentencia de la Audiencia Provincial, firmada por magistrados de otras salas, ya que de los tres titulares dos fueron recusados y el tercero renunció tras la recusación de los otros dos, estima los recursos planteados por las defensas de los cinco exdirectivos que se sentaron en el banquillo. Los abogados habían planteado que la jueza no podía asumir procesalmente razones de parte y que había además prejuzgado el asunto, incumpliendo la imparcialidad objetiva a la que le obliga la ley.
Garantías procesales
Las defensas aportaron a sus recursos el visionado de la grabación del juicio, para constatar que la entonces titular del juzgado Penal número 2 de Gijón —Rosario Fernández Hevia, ahora magistrada de la Audiencia Provincial de Valencia— podría haber rebasado los límites del artículo 708 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, que defiende el derecho a un proceso con todas las garantías. Los abogados de los cinco acusados —Manuel Martín, presidente de Mina La Camocha; Víctor Zapico, apoderado de la empresa y exconsejero de Industria del Principado; Margarita García, directora financiera de la entidad; Angel Manuel García Brugos, administrador único de Minas de Coto Cortés; y Guillermo Alfredo Honrrubia, apoderado de esa misma empresa— consideraron en su recurso que no había garantías de objetividad en la manera de la jueza de interrogar a los testigos y a los acusados, a algunos de ellos durante 55 minutos, como se comprobaba en el soporte audiovisual de las distintas sesiones de la vista.
En los fundamentos jurídicos de la sentencia, la Audiencia provincial se muestra muy severa con la jueza del caso, Rosario Fernández Hevia. «La juzgadora se extralimitó en su función de dirigir los debates, revelando el contenido de las preguntas formuladas, así como las valoraciones hechas con ocasión de los interrogatorios, una previa toma de posición con respecto al objeto del enjuiciamiento, incompatible con la debida imparcialidad que ha de presidir su función».