VAL DE SAN LORENZO Recuerda que el alcalde no puede seleccionar personal

El Procurador denuncia la «falta de transparencia» en una contratación

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El Procurador del Común de Castilla y León ha emitido un informe sobre el proceso selectivo llevado a cabo para la contratación temporal de un auxiliar administrativo el pasado 20 de mayo en el Ayuntamiento de Val de San Lorenzo, después de que queja presentada por una de las aspirantes a este puesto de trabajo.

La queja se refiere al proceso selectivo realizado por el Ayuntamiento para el acceso a una plaza de auxiliar administrativo mediante una contratación temporal por periodo de tres meses, puesto de trabajo subvencionado por la Diputación de León, dentro del plan de empleo 2016.

Según la denunciante, «el proceso selectivo consistió en una entrevista personal realizada por el propio alcalde, Eligio Geijo Palacio, y el lunes siguiente, sin que constara criterio o baremo alguno para la selección del trabajador, la plaza ya estaba cubierta».

Tras solicitar la debida información al consistorio, que gobiernan en coalición UPL y PP, el Procurador concluye que «se ha puesto de manifiesto una evidente falta de transparencia en el proceso selectivo» y denuncia «una posible irregularidad en la emisión de las calificaciones otorgadas a los aspirantes, cuyo origen se deriva en la enorme ambigüedad de los criterios objetivos, tal y como vienen formulado en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de mayo de 2016».

El Procurador afirma que los criterios de selección que estableció el Ayuntamiento en Junta de Gobierno para la contratación de este empleo «incurren en una inseguridad jurídica, ya que no consta la motivación de la puntuación asignada a cada uno de los méritos baremables a los interesados ni la documentación aportada por  éstos para acreditar tales méritos».

Además, el informe recuerda que la Ley del Estatuto Básico del Empleado Publico establece que el personal de elección política, entre ellos los alcaldes, no podrá formar parte de los órganos de selección de personal de administraciones públicas».

Por todo ello, concluye que ha habido una «vulneración de los principios constitucionales de igualdad mérito y capacidad de acceso al empleo público», en la contratación de esta trabajadora «con base a una entrevista personal del alcalde, sin presencia de ningún tipo de empleado público». Todo esto «no quiere decir —según el procurador—, que la trabajadora seleccionada no cumpla los requisitos para el puesto de trabajo».

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Finalmente, exige al Ayuntamiento que se tomen las medidas oportunas para garantizar la legalidad de futuras contrataciones de trabajadores, y reclama que se dé contestación desde el consistorio a la queja presentada por la afectada.